Septiembre de 2015

 

Estimado socio, CAROLINA MONCAYO
 

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Nueva publicación “Trabajando en el interés público: la fundación IFRS y el IASB”

 

Hans Hoogervorst, Presidente del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB), y Michel Prada, Presidente de los Fideicomisarios de la Fundación IFRS (organismo que supervisa al IASB), establecen la forma en que actúa el interés público como el centro de las actividades del organismo emisor de normas.

 

En una nueva publicación, titulada Trabajando en el interés público: la Fundación IFRS y el IASB, los dos Presidentes explican cómo las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) son creadas para traer transparencia, rendición de cuentas y eficiencia de los mercados financieros de todo el mundo. Esto es relevante para los ciudadanos ordinarios -el público en general- porque las NIIF contribuyen a fomentar la confianza, el crecimiento económico y la estabilidad financiera a largo plazo […]

 

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Corte Constitucional avala impuesto Complementario de Normalización Tributaria

 

Esta es la oportunidad para declarar lo que no se ha declarado y ponerse al día con el país.

 

La Corte Constitucional avaló el impuesto Complementario de Normalización Tributaria, en Sentencia C- 551 de 2015 del 26 de agosto de 2015. Esto quiere decir, que los colombianos que hayan omitido activos o declarado pasivos inexistentes en los últimos años, tienen la oportunidad de presentarlo ahora y pagar el 10% de éstos para cumplirle al país.

 

La Corte consideró que la lucha contra la evasión tributaria y la defensa de la base gravable de los impuestos son fines legítimos de protección constitucional, pues hacen efectivo el deber de contribuir dentro de criterios de igualdad y justicia.

 

La Corte Constitucional señaló,  además, que el impuesto le permite a la administración tributaria obtener información cierta y completa sobre el patrimonio real del contribuyente y su capacidad contributiva […]  

 

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Informe sobre propuesta de reforma al régimen tributario especial (RTE) para las asociaciones, fundaciones y corporaciones (A, F y C) constituidas como entidades sin ánimo de lucro (ESAL)

 

El legislador optó por establecer un Régimen Tributario Especial a fin de controlar a las Entidades sin ánimo de lucro (en adelante ESAL), más para asegurar el cumplimiento de su finalidad que para recaudar impuestos. En efecto, desde la reforma de 1974, estas entidades se consideraban como no contribuyentes, posteriormente, la Ley 75 de 1986, las asimiló a sociedades pero constituyó un Comité para calificar la procedencia de los egresos y la destinación de los excedentes de las ESAL que tuvieran un monto de ingresos y patrimonio determinado, a las actividades del objeto social de salud, educación, cultura e investigación científica y tecnológica, para reconocer la exención. Sin embargo, esta norma fue declarada inexequible por la CSJ porque se trasladaba una competencia del legislador a un comité. De allí surgió, el actual Régimen Tributario Especial (RTE) y la función del Comité de Entidades Sin Ánimo de Lucro que calificaba egresos y la destinación de los excedentes de estas entidades, función que fue eliminada por la Ley 488 de 1998, sin que el Comité haya desaparecido, pues mantiene la función de calificar las importaciones excluidas del IVA por el artículo 480 del E.T. (Artículo 362 y 363 del Estatuto Tributario, en adelante, E.T.) […]

 

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Modificado formulario de la SuperFinanciera en aplicación de las NIIF

 

La Superintendencia Financiera de Colombia procedió a modificar el formato 338-NIIF “Desagregado de Sectorización de Principales Operaciones”, teniendo en cuenta que a partir del 1 de enero de 2015 inició la aplicación de las NIIF, resultando necesario ajustar los formatos establecidos por la entidad, mediante los cuales las vigiladas reportan su información financiera […]

 

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