{"id":3922,"date":"2019-05-02T07:40:01","date_gmt":"2019-05-02T12:40:01","guid":{"rendered":"https:\/\/incp.org.co\/ContArte\/?p=3922"},"modified":"2026-03-12T00:14:37","modified_gmt":"2026-03-12T05:14:37","slug":"como-se-determina-el-impuesto-diferido","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/incp.org.co\/ContArte\/contenidos\/2019\/05\/como-se-determina-el-impuesto-diferido\/","title":{"rendered":"\u00bfC\u00f3mo se determina el impuesto diferido?"},"content":{"rendered":"<p>Al momento de comparar el valor contable con el valor fiscal de un activo o un pasivo, surgen algunas diferencias de las cuales se deriva un impuesto. Se trata del impuesto diferido. Hoy en ContArte descubre m\u00e1s sobre este impuesto y lo que implica su reconocimiento.<\/p>\n<p>Por: <em>Juan David Hern\u00e1ndez<\/em>, asistente de investigaci\u00f3n contable del <strong><em>INCP<\/em><\/strong><\/p>\n<p>Los impuestos a las ganancias o a la utilidad de los cuales trata la Norma Internacional de Contabilidad n\u00famero 12 (NIC 12), se clasifican en dos grupos. Por una parte se encuentran los impuestos corrientes, aquellos que est\u00e1n a cargo de la entidad y se pueden imputar a la utilidad del periodo que se realizan. Por su parte un impuesto diferido se genera de tres fuentes: las diferencias en la aplicaci\u00f3n de las normas contables y tributarias (denominadas<em> \u201c<\/em>Diferencias temporarias<em>\u201d<\/em>), tienen como objetivo reconocer los impuestos sobre una base de devengo, es decir, en el momento en que son aplicables; las p\u00e9rdidas fiscales y por \u00faltimo los cr\u00e9ditos fiscales.<\/p>\n<p>En otras palabras un impuesto diferido es un impuesto atribuible a la utilidad del periodo que puede estar a cargo o en favor de la entidad, \u00a0se origina por las diferencias temporarias en el reconocimiento contable y tributario de activos o pasivos; las p\u00e9rdidas fiscales y los cr\u00e9ditos fiscales. Es una partida que\u00a0 se devenga en un periodo contable A y se realiza en un periodo contable B.<\/p>\n<p><strong>Diferencias temporarias<\/strong><\/p>\n<p>Son aquellas que se presentan en el reconocimiento de un activo o un pasivo al momento de utilizar una base fiscal o una base contable.<\/p>\n<p>Suelen presentarse escenarios en los cuales, el valor del impuesto a pagar en un periodo es diferente de acuerdo a la base utilizada. A estas diferencias se les conoce como temporarias debido a la caracter\u00edstica de temporalidad que las define. Esto significa que se realizan diferentes reconocimientos de activos y pasivos (para efectos contables y fiscales), los cuales se terminaran reconociendo por completo durante la vida \u00fatil de la organizaci\u00f3n pero en periodos de tiempo diferentes.<\/p>\n<p>Por ejemplo, cuando se presenta un caso donde un ingreso se reconoce en un periodo dentro del estado de resultados y en otro periodo en la declaraci\u00f3n de renta y complementarios.<\/p>\n<p>Conforme a lo dispuesto en el decreto 1998 de 2017, mediante el cual se reglamenta el proceso de conciliaci\u00f3n fiscal en Colombia, la aplicaci\u00f3n del m\u00e9todo del impuesto diferido es m\u00e1s completa y garantiza un mayor control para efectos de una correcta conciliaci\u00f3n fiscal.<\/p>\n<p>Las diferencias temporarias pueden representar un mayor o menor impuesto a pagar, es decir pueden ser imponibles o deducibles.<\/p>\n<table width=\"605\">\n<tbody>\n<tr>\n<td width=\"124\"><strong>\u00a0<\/strong><strong>Concepto<\/strong><\/td>\n<td width=\"116\"><strong>\u00a0<\/strong><strong>Hecho<\/strong><\/td>\n<td width=\"117\"><strong>Valor del impuesto a pagar<\/strong><\/td>\n<td width=\"117\"><strong>\u00a0<\/strong><strong>Ganancia fiscal futura<\/strong><\/td>\n<td width=\"130\"><strong>\u00a0<\/strong><strong>Se reconoce como<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"124\"><strong>Diferencias temporarias imponibles<\/strong><\/td>\n<td rowspan=\"2\" width=\"116\">Se liquida el pasivo o se recupera el valor en libros del activo.<\/td>\n<td width=\"117\">Aumenta<\/td>\n<td width=\"117\">Disminuye<\/td>\n<td width=\"130\">Activo por impuesto diferido.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"124\"><strong>Diferencias temporarias deducibles<\/strong><\/td>\n<td width=\"117\">Disminuye<\/td>\n<td width=\"117\">Aumenta<\/td>\n<td width=\"130\">Pasivo por impuesto diferido.<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p><strong>Impuesto corriente<\/strong><\/p>\n<p>El impuesto corriente es impuesto que se reconoce en los estados financieros luego de haber realizado la respectiva declaraci\u00f3n de renta, en la cual se ha calculado una ganancia fiscal y se ha obtenido un impuesto a cargo. Es decir, el impuesto a cargo obtenido en la declaraci\u00f3n de renta, ser\u00e1 el impuesto corriente que se reconocer\u00e1 en los estados financieros.<\/p>\n<p><strong>P\u00e9rdidas fiscales<\/strong><\/p>\n<p>Una perdida fiscal se genera cuando los ingresos de una entidad no son suficientes para cubrir las deducciones sobre el impuesto a las cuales tenga derecho seg\u00fan la normatividad fiscal, dichas perdidas pueden ser solicitadas en un periodo futuro en compensaci\u00f3n del periodo en que se presentaron.<\/p>\n<p>Las p\u00e9rdidas fiscales general activos por impuestos diferidos, estos importe reflejara el menor valor del impuesto que puedo llegar a pagar en el futuro, si se compensara la perdida fiscal.<\/p>\n<p><strong>Cr\u00e9ditos fiscales<\/strong><\/p>\n<p>B\u00e1sicamente son las posibilidades de realizar un descuento tributario en un periodo futuro. Para este caso, si la p\u00e9rdida que genera un cr\u00e9dito fiscal no utilizado puede ser compensada, se reconoce un activo por impuesto diferido. Esto solo aplica en caso tal que se tenga un alto nivel de certeza, en cuanto a que existir\u00e1n las ganancias fiscales.<\/p>\n<p><strong>M\u00e9todo del pasivo basado en el balance<\/strong><\/p>\n<p>Existen dos m\u00e9todos para la determinaci\u00f3n del impuesto diferido: el m\u00e9todo del pasivo basado en el resultado y el m\u00e9todo del pasivo basado en el balance.<\/p>\n<p>Como su nombre lo indica, el m\u00e9todo del pasivo basado en el resultado centra el an\u00e1lisis en el reconocimiento de las diferencias generadas en los resultados, es decir entre las ganancias contables y fiscales originadas en un periodo y revertidas en otro.<\/p>\n<p>Por su parte, el m\u00e9todo del pasivo basado en el balance, engloba al primero en el sentido que este realiza un an\u00e1lisis de todas las partidas que conforman el estado de situaci\u00f3n financiera, entre ellas el patrimonio, por lo que las diferencias que se reconocen con el primer m\u00e9todo, se ver\u00e1n reflejadas en esta partida.<\/p>\n<p>Este m\u00e9todo determina las diferencias temporarias de activos y pasivos y asume que cada diferencia identificada generar\u00e1 un efecto en el resultado futuro, por lo cual se registrara un pasivo o un activo por impuestos diferidos, conforme a las condiciones establecidas en la NIC 12.<\/p>\n<p><strong>Ejemplo<\/strong><\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignnone wp-image-3924 size-full\" src=\"https:\/\/incp.org.co\/ContArte\/wp-content\/uploads\/2019\/05\/cuadro-102.jpg\" alt=\"\" width=\"656\" height=\"370\" srcset=\"https:\/\/incp.org.co\/ContArte\/wp-content\/uploads\/2019\/05\/cuadro-102.jpg 656w, https:\/\/incp.org.co\/ContArte\/wp-content\/uploads\/2019\/05\/cuadro-102-300x169.jpg 300w\" sizes=\"auto, (max-width: 656px) 100vw, 656px\" \/><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Al momento de comparar el valor contable con el valor fiscal de un activo o un pasivo, surgen algunas diferencias de las cuales se deriva un impuesto. 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