{"id":8427,"date":"2022-04-27T08:10:31","date_gmt":"2022-04-27T13:10:31","guid":{"rendered":"https:\/\/incp.org.co\/ContArte\/?p=8427"},"modified":"2026-03-11T23:45:48","modified_gmt":"2026-03-12T04:45:48","slug":"modalidades-de-trabajo-a-distancia-en-colombia-teletrabajo-trabajo-en-casa-y-trabajo-remoto","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/incp.org.co\/ContArte\/contenidos\/2022\/04\/modalidades-de-trabajo-a-distancia-en-colombia-teletrabajo-trabajo-en-casa-y-trabajo-remoto\/","title":{"rendered":"Modalidades de trabajo a distancia en Colombia: teletrabajo, trabajo en casa y trabajo remoto"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"has-text-align-center\"><em>Por: Santiago Pedraza, asistente de investigaci\u00f3n del <strong>INCP<\/strong><\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>Entienda las diferencias entre cada una de ellas y aprenda las responsabilidades del empleador y del empleado que aplican por modalidad.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>La pandemia del Covid-19 ha replanteado la normalidad en todas las esferas sociales. En la esfera laboral ha tenido una amplia repercusi\u00f3n, las medidas de aislamiento preventivo obligatorio produjeron cambios significativos en la forma en que se desarrollaban las relaciones laborales. Ante la cr\u00edtica situaci\u00f3n sanitaria y econ\u00f3mica, las empresas se vieron obligadas a cerrar, lo que gener\u00f3 incertidumbre en los trabajadores sobre el modo en que se podr\u00eda dar continuidad con la ejecuci\u00f3n de sus contratos laborales. En respuesta, los gobiernos han desarrollado una serie de medidas de protecci\u00f3n al empleo entre las cuales est\u00e1 el trabajo a distancia, que se ha consolidado como una alternativa viable para proteger la vida y salud de los trabajadores al tiempo que se protegen sus empleos. Ahora en el nuevo entorno que viven las organizaciones estas modalidades de trabajo se van impulsando a medida que aceleran sus procesos de digitalizaci\u00f3n, estas ofrecen varias ventajas como son:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Reducci\u00f3n del tiempo y el estr\u00e9s generado por los trayectos entre el lugar de residencia y el trabajo.<\/li>\n\n\n\n<li>Mayor facilidad para organizar el tiempo de trabajo.<\/li>\n\n\n\n<li>Posibilidad de que el mercado laboral sea m\u00e1s inclusivo para la poblaci\u00f3n vulnerable.<\/li>\n\n\n\n<li>Mejor equilibrio entre la vida profesional y la vida privada.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>En Colombia, se establecieron tres diferentes modalidades de trabajo a distancia, en las cuales no se requiere la presencia f\u00edsica del trabajador y se privilegia el uso de las Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y la Comunicaci\u00f3n (TIC). No obstante, estas modalidades implican ciertos riesgos para el bienestar de los trabajadores, por lo cual se ha venido reglamentando sus condiciones laborales con el fin de garantizar el respeto por los derechos y garant\u00edas establecidas en las normas laborales a estos trabajadores. Estas modalidades son: teletrabajo, trabajo en casa y trabajo remoto. Algunas similitudes de estas son:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Se aplica el tope de la jornada m\u00e1xima legal establecida en la ley.<\/li>\n\n\n\n<li>Pueden pactarse en cualquier modalidad de contrato (a t\u00e9rmino fijo, indefinido o por duraci\u00f3n de la obra o labor).<\/li>\n\n\n\n<li>Contemplan el derecho al descanso y a la desconexi\u00f3n laboral. Se deben respetar los tiempos familiares durante la jornada y a la finalizaci\u00f3n de esta.<\/li>\n\n\n\n<li>El empleador debe informar a la Administradora de Riesgos Laborales de las condiciones de modo, tiempo y lugar en las que el trabajador desarrollar\u00e1 una de estas modalidades.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>A continuaci\u00f3n, se mencionan algunas diferencias y particularidades normativas de cada una de estas modalidades de trabajo:<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Teletrabajo<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Cabe mencionar que esta modalidad de trabajo ya se encontraba regulada a partir de la Ley 1221 de 2008, consiste en el desempe\u00f1o de actividades laborales utilizando como soporte las TIC para la comunicaci\u00f3n entre el trabajador y la empresa. Asimismo, con esta misma ley se establecieron las siguientes modalidades de teletrabajo:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><strong>Aut\u00f3nomos:<\/strong> el teletrabajador utiliza su propio domicilio u otro lugar acordado con el empleador para desarrollar su actividad profesional y s\u00f3lo acude a la oficina espor\u00e1dicamente.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>M\u00f3viles:<\/strong> aquellos teletrabajadores que no cuentan con un lugar de trabajo fijo y utilizan dispositivos tecnol\u00f3gicos m\u00f3viles como soporte para desarrollar sus actividades profesionales.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Suplementarios<\/strong>: aquellos teletrabajadores que laboran dos o tres d\u00edas a la semana en su casa y el resto del tiempo lo hacen en la oficina dependiendo de la necesidad del servicio.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>El contrato de trabajo mediante el cual se vincule a un empleado para que desarrolle teletrabajo, debe contener como m\u00ednimo los siguientes aspectos:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Las condiciones de servicio, los medios tecnol\u00f3gicos y de ambiente requeridos y la forma de ejecutar el mismo.<\/li>\n\n\n\n<li>Determinar los d\u00edas y los horarios en que el teletrabajador realizar\u00e1 sus actividades.<\/li>\n\n\n\n<li>Definir las responsabilidades en cuanto a la custodia de los elementos de trabajo y fijar el procedimiento de la entrega por parte del teletrabajador al momento de finalizar la modalidad de teletrabajo.<\/li>\n\n\n\n<li>Las medidas de seguridad inform\u00e1tica que debe conocer y cumplir el teletrabajador.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Algunas de las obligaciones del empleador:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Proveer y garantizar el mantenimiento de los equipos de los teletrabajadores, conexiones, programas, valor de la energ\u00eda y desplazamientos necesarios para desempe\u00f1ar sus funciones.<\/li>\n\n\n\n<li>Contemplar el puesto de trabajo del teletrabajador dentro de los planes y programas de salud ocupacional.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p><strong>Trabajo en casa<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>A pesar de que ya se contaba con el teletrabajo como opci\u00f3n para laborar por fuera de la empresa, esta modalidad no fue la m\u00e1s efectiva al inicio de la pandemia del Covid-19 dado que se contemplan una serie de requisitos que son complejos para implementar por parte de los empleadores. Por lo cual, se hizo necesario regular la modalidad de trabajo en casa por medio de la Ley 2088 de 2021. En esta, se habilita al trabajador para desempe\u00f1ar transitoriamente sus funciones o actividades laborales por fuera del sitio donde habitualmente las realiza, cuando se presenten circunstancias ocasionales, excepcionales o especiales que lo amerite. Es importante se\u00f1alar que no se modifica la naturaleza del contrato o relaci\u00f3n laboral, ni tampoco se pueden desmejorar las condiciones del contrato laboral.<\/p>\n\n\n\n<p>En cuanto al tiempo del trabajo en casa, este se podr\u00e1 extender hasta por un t\u00e9rmino de tres meses prorrogables por un t\u00e9rmino igual por una \u00fanica vez; sin embargo, si persisten las circunstancias ocasionales, excepcionales o especiales que dieron origen a esta modalidad, se extender\u00e1 la habilitaci\u00f3n de trabajo en casa hasta que desaparezcan dichas circunstancias. Por otra parte, el empleador tiene la facultad unilateral de dar por terminada la habilitaci\u00f3n de trabajo en casa, siempre y cuando desaparezcan las circunstancias ocasionales, excepcionales o especiales que dieron origen a dicha habilitaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Para el desarrollo del trabajo en casa y el cumplimiento de sus funciones, el trabajador puede disponer de sus propios equipos y dem\u00e1s herramientas, siempre que medie acuerdo con el empleador. Si no se llega a un acuerdo, el empleador suministrar\u00e1 los equipos, sistemas de informaci\u00f3n, software o materiales necesarios para el desarrollo de la funci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Trabajo remoto<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Esta es la m\u00e1s reciente modalidad de trabajo no presencial que fue reglamentada por la Ley 2121 de 2021, se concibe la ejecuci\u00f3n del contrato de trabajo en la cual toda la relaci\u00f3n laboral, desde su inicio hasta su terminaci\u00f3n, se debe realizar de manera remota mediante la utilizaci\u00f3n de las TIC u otro medio o mecanismo, donde el empleador y trabajador no interact\u00faan f\u00edsicamente a lo largo de la vinculaci\u00f3n contractual. Solo se podr\u00e1 convocar al trabajador de forma presencial en los siguientes casos:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Para atender asuntos que involucren salud ocupacional.<\/li>\n\n\n\n<li>Para verificar los est\u00e1ndares y requisitos que deben cumplir las herramientas y los equipos de trabajo.<\/li>\n\n\n\n<li>Para instalar o actualizar programas o herramientas manualmente en los equipos de trabajo.<\/li>\n\n\n\n<li>Para adelantar procesos disciplinarios.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>El contrato de trabajo remoto debe contener por lo menos los siguientes aspectos:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Las funciones que debe desarrollar el trabajador.<\/li>\n\n\n\n<li>Las condiciones f\u00edsicas del puesto de trabajo.<\/li>\n\n\n\n<li>La relaci\u00f3n de los elementos de trabajo que se entregar\u00e1n al trabajador remoto para el desarrollo efectivo de sus funciones.<\/li>\n\n\n\n<li>Las responsabilidades en cuanto a la custodia de los elementos de trabajo y el procedimiento para la entrega y su devoluci\u00f3n.<\/li>\n\n\n\n<li>Las medidas de seguridad inform\u00e1tica que debe conocer y cumplir el trabajador remoto.<\/li>\n\n\n\n<li>Las circunstancias excepcionales en que se podr\u00e1 requerir al trabajador para que concurra al centro de trabajo.<\/li>\n<\/ul>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Entienda las diferencias entre cada una de ellas y aprenda las responsabilidades del empleador y del empleado que aplican por modalidad.<\/p>\n","protected":false},"author":8,"featured_media":8428,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[5,521],"tags":[],"class_list":["post-8427","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-contenidos","category-laboral-contenidos"],"views":570,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/incp.org.co\/ContArte\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8427","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/incp.org.co\/ContArte\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/incp.org.co\/ContArte\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/incp.org.co\/ContArte\/wp-json\/wp\/v2\/users\/8"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/incp.org.co\/ContArte\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=8427"}],"version-history":[{"count":5,"href":"https:\/\/incp.org.co\/ContArte\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8427\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":14267,"href":"https:\/\/incp.org.co\/ContArte\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8427\/revisions\/14267"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/incp.org.co\/ContArte\/wp-json\/wp\/v2\/media\/8428"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/incp.org.co\/ContArte\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=8427"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/incp.org.co\/ContArte\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=8427"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/incp.org.co\/ContArte\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=8427"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}