La base de cotización aplicable a los independientes contratistas al sistema de salud y de pensiones está delimitado al 40% del valor mensual del contrato, el cual no podrá establecerse por debajo del salario mínimo legal mensual vigente ni superior a los 25, calculando el monto de los aportes del 12.5% para salud y el 16% para pensiones.
Tomado de: Notinet