
A pesar de que con Decreto 1273 del 23 de julio de 2018 se dispuso que –además de realizar el pago mes vencido– desde junio de 2019 los trabajadores independientes ya no deberían realizar sus aportes parafiscales, sino que esta labor pasaría a ser responsabilidad de los contratantes (tal como lo mencionamos en la nota Independientes ya no deberán realizar pago a seguridad social de forma anticipada), esta disposición deberá prorrogarse, por lo menos, un año más.
Así lo señala el diario Portafolio, quien asegura que los ministerios de Salud, Hacienda y Trabajo se encuentran en la preparación de un decreto que permita extender la entrada en vigor de esta disposición, por lo menos hasta junio de 2010, aludiendo la gran implicación que esta tiene para las administradoras del Sistema de Seguridad Social Integral, en cuanto a desarrollos y ajustes en sus procesos operativos y sistemas de información para el recaudo y la imputación de los pagos.
Si lo desea, puede consultar el Decreto 1273 de 2018, completo, a continuación:
Redacción INCP a partir del artículo publicado por Portafolio
Para mayor información, puede revisar el artículo titulado “La retención de aportes de los contratistas tomaría un año más”, de la fuente Portafolio.
La retención de aportes de los contratistas tomaría un año más
Los aportes a salud y pensión de aproximadamente 10 millones de colombianos que trabajan como contratistas tendrían que seguir haciéndolos los empleados un año más de lo esperado.
La razón principal tiene que ver con que los ministerios de Salud, Hacienda y Trabajo preparan un decreto en el cual ampliarían el plazo de entrada en vigencia de esta medida hasta junio del 2020, a pesar de que una norma expedida por el Gobierno anterior dictaba que estos parafiscales debían retenerlos las empresas de forma directa a partir de junio del 2019.
En el proyecto de decreto que alistan estas carteras se detalla que “la implementación de la retención y giro de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral implica para las administradoras del Sistema efectuar desarrollos y ajustes en sus procesos operativos y sistemas de información para el recaudo y la imputación de los pagos”, que aún no tendría listos.
Estos cambios tienen corriendo a las entidades públicas, teniendo en cuenta que deben incurrir en ajustes en los sistemas de presupuesto, tesorería y contabilidad; parametrización de la contratación y pagos; “conllevando para algunas entidades la necesidad de contratar con terceros los ajustes necesarios a sus sistemas, lo cual en algunos casos podría requerir adelantar procesos licitatorios, todo lo cual genera altas cargas operativas”, reza la norma en estudio.
Por el lado del sector privado la cosa parece similar, ya que una de las consideraciones para expedir esta norma sería la petición de varios gremios, que le han informado al Gobierno que “la retención podría implicar un esfuerzo excesivo y altos costos administrativos para el contratante”.
Así las cosas, la retención y giro de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral solo cobraría vigencia a partir de junio del 2020, mediante la modalidad electrónica de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA).
Según Carlos Tocora, director de la plataforma micontratista.com, una vez entre en vigencia la norma, este cambio por decreto no solo beneficiará a los empleados, sino también a los empresarios.
“Hemos trabajado con compañías de diferentes sectores y en su gran mayoría, por encima del 90 %, ven esta oportunidad de cambio como algo muy beneficioso, porque muchas veces desconocían ciertas actividades adicionales que desarrollan los contratistas. Y también, estas personas liquidaban una sola planilla para todos sus contratos, y eso para el Estado es una evasión de la norma, que asciende a varios billones de pesos”, agregó.
Vale recordar que según datos de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP), cuatro de cada diez trabajadores independientes le ‘hacen conejo’ al pago de sus aportes.
Fuente: Portafolio