
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) invita a los interesados a comentar el grupo de trabajo GTT 60 – Norma NIIF para las pymes. Contabilización de las garantías Financieras en los Estados Financieros separados de la controladora. El tema fue abordado por GIPYMES (El Grupo de Implementación de las pymes) desde el problema: “Una entidad controladora prepara estados financieros separados aplicando la Norma NIIF para las pymes. La entidad controladora garantiza el reembolso de un préstamo de un banco a una de sus subsidiarias. ¿Cómo contabiliza la entidad controladora la garantía financiera emitida al banco en sus estados financieros separados?”.
A partir de ello, la misma organización de la siguiente respuesta: “La entidad controladora deberá contabilizar la garantía financiera mediante la aplicación de los requerimientos de la Sección 12 Otros Temas relacionados con los Instrumentos Financieros — a menos que la entidad controladora decida aplicar los requerimientos de reconocimiento y medición de la NIC 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición (según lo permitido por los párrafos 11.2 (b) y 12.2 (b) de la Norma NIIF para las pymes)”.
El CTCP desea que los profesionales del área comenten si la respuesta y lo que se encuentra en el documento cumple las expectativas, y si surgen preguntas al respecto. Todos los comentarios podrán hacerse hasta el 1 de septiembre de 2017 en el siguiente link.
Redacción INCP