Decreto 2120 reglamenta el régimen de precios de transferencia

El Ministerio de Hacienda y Crédito Publico expidió el decreto 2120 del 15 de diciembre de 2017, “Por el cual se modifican los artículos 1.2.2.1.2. y 1.2.2.1.3. del Capítulo 1 del Título 2 de la Parte 2 del Libro 1; se sustituyen los Capítulos 2, 3 Y 4 del Título 2 de la Parte 2 del Libro 1 y el Capítulo 1 del Título 3 de la Parte 6 del Libro 1 y se modifica el epígrafe del Capítulo 1 del Título 2 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria”.

Este decreto reemplaza la expresión «paraísos fiscales» por la de «jurisdicciones no cooperantes de baja o nula imposición o regímenes tributarios preferenciales»; establece los contribuyentes sujetos al régimen de precios de transferencia; los informes que harán parte de la documentación comprobatoria – informe local, informe maestro e informe país por país- y los obligados a la presentación de los mismos. También se ajusta el contenido del informe local a los nuevos estándares internacionales establecidos en el resultado de la Acción 13 del proyecto BEPS OCDE/G20; se establece el contenido del informe maestro; las definiciones que deben tenerse en cuenta para la presentación del informe por los grupos multinacionales, entre otros.

Ver: Decreto 2120 de 2017

Redacción INCP

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