Ajuste del costo de activos fijos para determinar la renta o ganancia ocasional – Decreto 2169

Fue publicado decreto que establece que los contribuyentes podrán ajustar el costo de los activos fijos -por el año gravable 2017- en 4,07%; y que para determinar la renta o ganancia ocasional en la venta de bienes raíces y acciones, o aportes que tengan el carácter de activos fijos, las personas naturales podrán tomar como costo fiscal el valor que se obtenga de multiplicar el costo fiscal de los activos fijos enajenados, que figure en la declaración de renta de 1986 por 52 (si se trata de acciones o aportes) y por 290.73 (en el caso de bienes raíces); o bien, podrán tomar el valor que se obtenga de multiplicar el costo de adquisición del bien enajenado por la cifra de ajuste que figure frente al año de adquisición del mismo, conforme a la tabla contenida en el proyecto de normatividad.

  • Decreto 2169, del 22 de diciembre de 2017, de MinHacienda; “Por el cual se modifica el Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria para sustituir los artículos 1.2.1.17.20 y 1.2.1.17.21 del Capítulo 17 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 y reglamenta los artículos 70 y 73 del Estatuto Tributario, en lo relacionado con el ajuste del costo de los activos fijos para efectos de determinar la renta o ganancia ocasional”.

Ver: DECRETO 2169 DEL 22 DE DICIEMBRE DE 2017

Redacción INCP

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