
Al igual que en el ámbito tributario, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) publicó la Resolución 000005 del 18 de enero de 2019: “Por la cual se habilitan los formularios y formatos para el cumplimiento de las obligaciones aduaneras y cambiarias correspondientes al año 2019”.
Así las cosas, la entidad oficial habilitó, para el año 2019, los siguientes formularios:
- Declaración de Importación, Formulario 500.
- Declaración de Importación Simplificada, Formulario 510.
- Declaración para la Finalización de los Sistemas Especiales de Importación – Exportación, Formulario 520.
- Declaración de Equipaje, de Dinero en Efectivo y de Títulos Representativos de Dinero – Viajeros, Formulario 530.
- Declaración de Ingreso – Salida de Dinero en efectivo, Formulario 532.
- Declaración de Ingreso – Salida de Títulos Representativos de Dinero por Usuarios Diferentes a Viajeros, Formulario 534.
- Declaración de Cambio Simplificada por Compra y Venta Profesional de Divisas en Efectivo y Cheques de Viajero en Zonas de Frontera, Formulario 536.
- Declaración de Viajeros de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, Formulario 538.
- Declaración Consolidada de Pagos (para los Intermediarios de Tráfico Postal y Envíos Urgentes), Formulario 540.
- Factura de Nacionalización, Formulario 550.
- Declaración Andina del Valor, Formulario 560.
- Factura de Exportación, Formulario 630.
- Certificado al Proveedor (CP), Formato 640.
- Declaración de Tránsito Aduanero y/o Cabotaje, Formulario 650.
- Continuación de Viaje, Formulario 660.
- Recibo Oficial de Pago de Tributos Aduaneros y Sanciones Cambiarias, Formulario 690.
- Declaración de Salida Temporal Régimen Especial Fronterizo Leticia – Tabatinga- Formulario 580.
- Declaración Consolidada de Importaciones Régimen Especial Fronterizo Leticia – Tabatinga – Formulario 590.
Consulte la resolución completa, a continuación:
Ver: Resolución 000005 de 2019
Redacción INCP