
La Dirección de Impuestos y Adunas Nacionales (DIAN) publicó para comentarios proyecto de resolución: “Por la cual se modifica parcialmente la Resolución No.000060 del 30 de octubre de 2017 y la Resolución No.000045 del 22 de agosto de 2018”.
Mediante este proyecto la administración tributaria busca que se modifiquen algunos de los obligados a suministrar información tributaria a la U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, por el año gravable 2018, de modo que se facilite el reporte por parte de los obligados y el uso de la información por parte de la DIAN.
Dentro de las modificaciones resaltan los casos de fideicomiso en los cuales los fideicomitentes no reporten los pagos efectuados por los fiduciarios, ya que esta responsabilidad recae sobre la sociedad fiduciaria.
Además, aquellos casos en que la retención en la fuente sea practicada por los fideicomitentes o fiduciantes, la totalidad del pago y su respectiva retención debe ser reportada por los fideicomitentes o fiduciantes y no por la sociedad fiduciaria.
Puede realizar sus comentarios a este proyecto hasta mañana martes, 12 de marzo de 2019, a través del correo electrónico:
subdir_analisis_opera_programas@dian.gov.co
Si lo desea, consulte el documento oficial del proyecto, a continuación:
Redacción INCP