DIAN recuerda que el RUT no tiene vigencia
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) recordó a los contribuyentes, y a la ciudadanía en general, que el Registro Único Tributario (RUT) no tiene vigencia, por lo que si no tiene ninguna actualización que hacer a este documento no se debe exigir su renovación.
Lo anterior se referencia en el artículo 1.6.1.2.7. del Decreto 1625 de 2016 que señala:
“Inscripción en el Registro Único Tributario (RUT). Es el proceso por el cual las personas naturales, jurídicas y demás sujetos de obligaciones administradas por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), obligados a inscribirse, se incorporan en el Registro Único Tributario (RUT), con el cumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en el presente capítulo.
PARÁGRAFO. Sin perjuicio de las actualizaciones a que haya lugar, la inscripción en el Registro Único Tributario (RUT), tendrá vigencia indefinida y, en consecuencia, no se exigirá su renovación.»
Redacción INCP
Ver: Comunicado DIAN RUT