Esto dicen las NIA de las confirmaciones externas

El auditor utiliza los procedimientos de confirmación externa, o con terceros, cuando quiere obtener evidencia de auditoría relevante y fiable, según lo estipulado en la NIA 505.5. Estos, son esenciales a la hora de auditar estados financieros, ya que permiten recabar y confirmar información de saldos de cuentas y sus elementos: cuentas por cobrar y por pagar, bancos y otros movimientos de terceros, pasivos, inversiones, inventarios, garantías y operaciones con partes relacionadas.

Desde la NIA 505.5 hasta la 505.16, se describe el objetivo, procedimiento, forma de control sobre las solicitudes, el actuar frente a negativas de requerimientos de información o dudas frente a la misma y cómo determinar la confiabilidad de las confirmaciones.

Redacción INCP a partir del artículo publicado por Auditool.

Para mayor información, puede revisar el artículo titulado “Confirmaciones externas de acuerdo a las NIA, lo que todo Auditor debe conocer” de la fuente Auditool.

Confirmaciones externas de acuerdo a las NIA, lo que todo Auditor debe conocer

Para los auditores que se encuentren realizando el proceso de auditoría de estados financieros, uno de los procedimientos más eficientes para garantizar la integridad y exactitud de los saldos revelados en los estados financieros son las confirmaciones externas o con terceros.

En primer lugar, la confirmación externa es la evidencia de auditoría que se obtiene como una respuesta escrita dirigida al auditor de parte de un tercero (la parte confirmante), en papel, medio electrónico u otro.

Los procedimientos de confirmaciones externas normalmente se llevan a cabo para confirmar o solicitar información respecto a saldos de cuentas y sus elementos; tales como: cuentas por cobrar y por pagar, bancos y otros depósitos de terceras partes, pasivos, inversiones, inventarios, garantías, contingentes y operaciones con partes relacionadas; con el objeto de obtener evidencia de auditoría sobre las aseveraciones de los estados financieros.

De acuerdo a la NIA 505.5: “El objetivo del auditor cuando utiliza procedimientos de confirmación externa es diseñar y aplicar dichos procedimientos con el fin de obtener evidencia de auditoría relevante y fiable”.

El auditor debe mantener el control sobre las solicitudes de confirmación externa, lo que implica determinar la información a solicitar, seleccionar la entidad que hará la confirmación, y diseñar y enviar las solicitudes de confirmación (NIA 505.7).

Según la NIA 505 10 y 11 si el auditor identifica factores que originen dudas sobre la fiabilidad de la respuesta a una solicitud de confirmación, obtendrá evidencia de auditoría adicional para resolver dichas dudas. Adicionalmente, el auditor evaluará las implicaciones de esta circunstancia sobre la valoración de los correspondientes riesgos de incorrección material, incluido el riesgo de fraude, y sobre la naturaleza, el momento de realización y la extensión de otros procedimientos de auditoría relacionados.

Según la NIA 505.8, en caso de que la dirección se niegue a permitir la solicitud de confirmación, el auditor:

  • Indagará sobre los motivos de la dirección para ello y buscará evidencia de auditoría sobre la validez y razonabilidad de tales motivos.
  • Evaluará las implicaciones de la negativa de la dirección sobre la valoración por el auditor de los correspondientes riesgos de incorrección material, incluido el riesgo de fraude, y sobre la naturaleza, el momento de realización y la extensión de otros procedimientos de auditoría
  • Aplicará procedimientos de auditoría alternativos diseñados con el fin de obtener evidencia de auditoría relevante y fiable.

 

Si el auditor concluye que la negativa de la dirección a que el auditor haga una solicitud de confirmación no es razonable, se pondrá en contacto con los responsables del gobierno de la entidad. Adicionalmente, el auditor determinará las implicaciones de esta circunstancia sobre la auditoría y sobre la opinión del auditor.

Con respecto a la confiabilidad de las confirmaciones, se tiene que:

  • La confiabilidad de las evidencias de auditoría es mayor cuando la confirmación es obtenida de fuentes independientes reconocidas fuera de la entidad.
  • La evidencia de auditoría obtenida directamente por el auditor es más confiable que la evidencia de auditoría obtenida indirectamente o por inferencia.
  • La evidencia de auditoría en forma documental, ya sea en papel, dispositivo electrónico u otro medio, es más confiable que la evidencia obtenida verbalmente.

 

De acuerdo a la NIA 505.16 el auditor evaluará si los resultados de los procedimientos de confirmación externa proporcionan evidencia de auditoría relevante y fiable, o si es necesaria evidencia de auditoría adicional.

Finalmente, se debe tener en cuenta que a veces los terceros, a quienes se les envía la solicitud de confirmación, no responden, lo que puede afectar la recolección de la evidencia. En estos casos se deben aplicar procedimientos de auditoría alternativos para obtener la evidencia necesaria. Ejemplo: Verificación de pagos posteriores.

Fuente: Auditool

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