¿Existe norma que regule el los beneficios del trabajador fallecido?
Ante la ausencia de disposición normativa en la legislación laboral que establezca los beneficiarios del trabajador fallecido, deberá acudirse a la regulación del Código Civil, pero será el empleador, quien en últimas, determine las beneficiarios de las respectivas prestaciones, acorde con los documentos que se le alleguen; y en el evento en que se presente controversia entre los eventuales herederos, consideramos que el empleador debe abstenerse de efectuar la cancelación de las mismas hasta que la Justicia Ordinaria la dirima.
Tomado de: Notinet