Si bien la norma establece el fuero sindical como una protección que resguarda el derecho de asociación sindical, esto no es excusa para que un funcionario o trabajador descuide las funciones propias de su cargo, por lo tanto, un proceso disciplinario será independiente de la protección en mención, dependiendo de la sanción debido a que si esta implica destitución sí se requerirá del levantamiento de la protección, de lo contrario su aplicación será procedente.
Concepto 242980 / 17-12-2015 / Ministerio de Trabajo
Tomado de: Notinet