Infórmese desde ya sobre las modificaciones hechas por la DIAN al Formulario 300 – Declaración del Impuesto a las Ventas

Infórmese desde ya sobre las modificaciones hechas por la DIAN al Formulario 300 – Declaración del Impuesto a las Ventas

contableLa DIAN ha realizado, para el Impuesto a las Ventas, modificaciones al Formulario 300 que usted debe conocer. En primera instancia redujo la sección de control de saldos a cuatro (4) renglones, dejando para los contribuyentes con saldos a favor en ventas cobijados por los renglones 86, 87, 88 y 89. Además, las modificaciones afectaron igualmente a los declarantes del Impuesto a las Ventas con periodicidad anual, allí, se agregaron dos renglones que incluirán el valor del IVA para el primer y segundo cuatrimestre del año.

Manténgase actualizado con el INCP sobre estos cambios.

 Redacción INCP a partir de artículo publicado por DIAN

 Para mayor información, puede referirse al artículo titulado “Cambios en las casillas del Formulario 300 – Declaración del impuesto sobre las ventas” de la fuente DIAN.

 Cambios en las casillas del Formulario 300 – Declaración del impuesto sobre las ventas 

 Para los contribuyentes que tienen saldos a favor en ventas y que pueden solicitar devolución, se reduce la sección control de saldos de nueve (9) a cuatro (4) renglones quedando así:

 Control de saldos

 Renglón 86 – Saldo a favor susceptible de devolución y/o compensación por el presente periodo.

 Renglón 87 – Saldo a favor susceptible de ser devuelto y/o compensado a imputar en el periodo siguiente.

 Renglón 88 – Saldo a favor sin derecho a devolución y/o compensación susceptible de ser imputado en el siguiente periodo.

 Renglón 89 – Total saldo a favor a imputar al periodo siguiente.

 Para los declarantes del Impuesto a las Ventas con periodicidad anual, se adicionan al formulario dos renglones para que incluyan el valor del IVA generado en el primer y segundo cuatrimestre, y que sirve de base para determinar el valor de los anticipos, tal y como lo establece el artículo 600 numeral 3 del Estatuto Tributario y el Decreto 1794 artículo 26 del año 2013.

 Control anticipos declaración periodicidad anual

 Renglón 90 – Valor IVA generado primer cuatrimestre.

 Renglón 91 – Valor IVA generado segundo cuatrimestre.

 Cabe mencionar que estos dos últimos renglones SOLO se diligencian en la declaración anual de IVA.

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 Fuente: DIAN

4 Responses

  1. FAIVER LOPEZ dice:

    LAS CASILLAS DE CONTROL DE SALDOS ES SOLO PARA LO QUE SE VA A SOLICITAR EN DEVOLUCION Y/O COMPENSACION?, Y CUANDO DA SALDO A FAVOR Y SOLO SE VA A IMPUTAR EN EL PERIODO SIGUIENTE, ¿ TAMBIEN SE DILIGENCIA?

  2. CONSUELO VARGAS dice:

    QUE PASA SI LOS ANTICIPOS QUE SE HICIERON EN MAYO Y SEPTIEMBRE SON MAYORES AL IVA GENERADO EN ESOS PERIODOS, PERO AL FINAL DEL AÑO NO HAY SALDO A FAVOR, AL CONTRARIO SE GENERA UN SALDO A PAGAR?

    MIL GRACIAS

  3. jimy hernandez dice:

    que pasa si no se diligencia los renglones 90 y 91 del formulario?
    la corrección genera sanción?

  4. jimy hernandez dice:

    que pasa si no se diligencia los renglones 90 y 91 del formulario?
    la corrección de esa situación anteriormente expuesta genera sanción?

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