La elaboración del ESFA debe tener evidencia física y seguir los estándares normativos

Las entidades que no se encuentren vigiladas, supervisadas o controladas por algún ente también están sujetas a la elaboración del ESFA, aunque no deban remitir en principio esta información a ninguna entidad. Para lo cual, las entidades deben tener evidencia física de la elaboración del ESFA dentro de las pautas establecidas en la sección 35 como soporte para las autoridades que eventualmente lo soliciten.

 [cryout-button-color url=»http://incp.org.co/Site/2015/info/archivos/concepto-463-mit.pdf» color=»#47AFFF»] Concepto 463 / 01-07-2015 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública[/cryout-button-color]

 Fuente: INCP – CTCP

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