
El Ministerio del Trabajo, dio a conocer el Decreto1334 del 27 de julio de 2018, “Por el cual se modifica el artículo 2.2.6.3.11. del Decreto 1072 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, sobre regulación de la cuota de aprendices”.
La finalidad de esta norma es incentivar la entrega de información de trabajadores, por parte del sector empresarial, para la fijación de la cuota mínima de aprendices del Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA, permitiendo así la correspondencia de la cuota regulada en las empresas que posean alta estacionalidad en el nivel de producción y en el total de empleados que contratan.
Así las cosas, el empleador ahora podrá presentar ante el SENA la información de la variación del número de empleados en los periodos: julio y enero o marzo y septiembre y, aumentar voluntariamente el número de aprendices-siempre que cumplan con los requisitos de no reducción de empleados-, solo en la siguiente proporción:
- Empresas entre 15 y 50 empleados, hasta el 40% del número total de empleados de la respectiva empresa.
- Empresas entre 51 y 200 empleados, hasta el 30% del número total de empleados de la respectiva empresa.
- Empresas con más de 200 empleados, hasta el 20% del número total de empleados de la respectiva empresa.
Para mayor información, consulte la norma, a continuación:
Redacción INCP