
En el proyecto de ley “por medio del cual se adoptan medidas en materia penal en contra de la corrupción”, aparecen algunos artículos que involucran directamente a los contadores:
Artículo 4 – Omisión de reportes sobre operaciones sospechosas de corrupción. Los abogados, contadores, revisores fiscales y jefes de control interno, que estando obligados a reportar en los términos definidos por el Ministerio de Justicia y del Derecho, omitan el cumplimiento de los reportes de operaciones inusuales o sospechosas de corrupción a la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF), incurrirá en prisión de tres (3) a seis (6) años y multa de cien (100) a trescientos (300) salarios mínimos legales mensuales vigentes, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena mayor.
Artículo 41 – Sujetos obligados a reportar operaciones sospechosas de corrupción. Los abogados, contadores, revisores fiscales y jefes de control interno están obligados a reportar operaciones inusuales o sospechosas de corrupción a la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF), en los términos, condiciones, actividades o sectores que para el efecto señale el Ministerio de Justicia y del Derecho.
Otros artículos del mismo proyecto están relacionados indirectamente con el contador público:
- Artículo 8 – Violación de límites de gastos de campaña y de aportes máximos de particulares a campañas
- Artículo 12 – Violación del régimen legal o constitucional de inhabilidades e incompatibilidades
- Artículo 22 – Omisión de denuncia de particular
- Artículo 24 – Favorecimiento
- Artículo 35 – Obligatoriedad del servicio de peritos
- Artículo 40 – Conservación de documentos de personas jurídicas sin ánimo de lucro.
Por lo anterior queda en interrogante, si la profesión contable en vez de evolucionar a ser en esencia financiera se convierte en fiscalizadora a todo nivel, y además, ¿son los contadores y revisores fiscales quienes deben responder por los malos actos dentro de una gestión que está bajo una administración?
Redacción INCP
La nueva obligación de abogados, contadores y revisores fiscales
En el inicio de la legislatura, el fiscal general presentó un proyecto para fortalecer la lucha contra la corrupción. En más de 70 páginas hay todo tipo de propuestas con el fin de que ejercer hechos irregularidades tenga mayores consecuencias. Si es aprobado, los abogados, contadores, revisores fiscales y jefes de control interno que no reporten operaciones inusuales o sospechosas de corrupción a la UIAF podrán tener prisión de 3 a 6 años y multas de hasta cien salarios mínimos.
Fuente: Semana
2 comentarios
Es algo injusto , que nosotros tengamos la funcion de Fiscalizacion que es competencia de la DIAN
acaso van a liquidar la DIAN para que nosotros le hagamos el trabajo?
Uds como entidad que nos agrupan deben tomar la voceria y sentar el precedente.
Los abogados se zafaran de esto y nos dejaran a nosotros inmerso en esta situacion
debemos alzar la voz con el lema » LOS CONTADORES PUBLICOS REEMPLAZARAN A LOS FUNCIONARIOS DE LA DIAN, POR LO TANTO QUE LIQUIDEN ESTA ENTIDAD QUE BASTANTE PARTICIPACION EN EL PRESUPUESTO PUBLICO TIENEN, LES PAGAN HASTA LAS HORAS DE SUEÑO»
Que pena que esta profesión día tras día sea la cenicienta del gobierno. Éste quiere que dediquemos mas tiempo del que ya dedicamos para realizar actividades que son de su competencia, entonces surge la siguiente pregunta, a que se dedicaran los funcionarios de la DIAN si los contadores vamos a ejercer esta función?