
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo expidió la Circular 002 del 4 de diciembre de 2017, dirigida a usuarios operadores de zonas francas, para precisar algunas cuestiones del procedimiento a seguir cuando se requiera declarar la pérdida de la calificación como usuario industrial o comercial.
La Circular aclara, entre otras cosas, que antes de solicitar la pérdida de la calificación en mención, se debe adelantar el correspondiente procedimiento administrativo, conforme a lo dispuesto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo – Ley 1437 de 2011.
Redacción INCP