Avalúos bajo NIIF
Bajo los nuevos marcos técnicos normativos el avaluador debe producir y entregar información suficiente que su cliente pueda satisfacer los criterios de reconocimiento y medición inicial y posterior establecidos en los marcos. En otras palabras, el evalúo requiere de los criterios y metodologías contempladas por el avaluador para poder llevar a cabo el registro, porque de otra manera el preparador de la información financiera no sabría cómo hacerlo.
Es cierto que un avaluador no puede establecer la vida útil de un activo, ya que esta decisión corresponde a una política contable de la entidad pero si está en obligación de suministrar la vida económica residual del activo. De lo contrario, al preparador de la información financiera podría errar al establecer una vida útil que vaya más allá del tiempo que puede durar el activo.
Para efectos prácticos, las Normas Internacionales de Valuación (IVS) son normas técnicas que pueden ser utilizadas como ayuda para determinar lo que debe contener un avalúo. En ellas se encuentran los estándares generales sobre el alcance del trabajo (IVS 101), implementación (IVS 102) y elaboración de informes (IVS 103) al igual que el estándar sobre derechos sobre inmuebles (IVS 230).
[cryout-button-color url=»http://incp.org.co/Site/2015/info/archivos/concepto-719.pdf» color=»#00aeeF»] Concepto 719 / 15-09-2015 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública[/cryout-button-color]
Fuente: CTCP
One Response
Quiero saber cuales son los estandares generales sobre alcance del trabajo 8IVS 101, inplemnetacion 8IVS 102) y la elaboracion de informes (IVS 10para un avaluo de acivos bajo normas NIIF3)