Máquina con vida útil infinita ¿es posible en NIIF?
“La empresa tiene una máquina que prácticamente su vida útil es “infinita”, pues fue comprada de segunda mano y lleva ya casi 50 años funcionando perfectamente, se encuentra en muy buenas condiciones de funcionalidad, prácticamente como si fuera nueva, según el criterio de un profesional experto en la materia considera que la maquina es prácticamente “Perdurable o inmortal”, la empresa considera tenerla en uso hasta que la maquina pierda la funcionalidad, dado el caso y bajo el método de depreciación de línea recta ¿qué vida útil se le puede dar a este activo que se pretende tener en uso hasta que deje de funcionar, o para estos tipos de activos con vidas útiles difícil de estimar? ¿Si por prudencia se le estima una vida útil no tan lejana y si al finalizar la depreciación el activos sigue en perfectas condiciones de uso que efectos generaría la decisión de extenderle a una nueva vida útil?”
Algunos bienes pueden generar la percepción de tener una vida útil difícil de estimar porque se considera que durará por un tiempo indefinido, sin embargo, existen otros parámetros a considerar, independientemente de la vida útil:
- La objetividad y razonabilidad que la entidad durará para siempre lo cual estadísticamente es improbable
- La permanencia en el mismo lugar (incluso país) o deba trasladarse en algún momento
- Los productos fabricados pueden perder mercado y las máquinas, equipos, etc., se vuelven inútiles.
- Las proyecciones razonables de la empresa (crecimiento y posicionamiento en el mercado).
- El mantenimiento periódico que mejora la vida útil de cualquier bien pero pueden requerir repuestos que no se consigan o produzcan.
- Otros factores.
Como puede observarse, existen otras variables que inciden en la determinación de la vida útil y no solamente el bien en sí mismo.
La vida útil es una estimación, y según lo citado en el párrafo 10.15 de la NIIF para las Pymes “Un cambio en una estimación contable es un ajuste al importe en libros de un activo o de un pasivo, o al importe del consumo periódico de un activo, que procede de la evaluación de la situación actual de los activos y pasivos, así como de los beneficios futuros esperados y de las obligaciones asociadas con estos”.
Teniendo en cuenta lo anterior, debemos recordar que las estimaciones no tienen implicación retroactivas, sino prospectivas como se plantea en el párrafo 10.16 de la misma sección “10.16 Una entidad reconocerá el efecto de un cambio en una estimación contable, distinto de aquellos cambios a los que se aplique el párrafo 10.17, de forma prospectiva, incluyéndolo en el resultado del:
- el periodo del cambio, si éste afecta a un solo periodo, o
- el periodo del cambio y periodos futuros, si el cambio afecta a todos ellos.”
En ese sentido, se le podría dar una vida útil lo bastante prolongada para que el gasto refleje la realidad económica del bien, o asignarle un valor residual similar o igual al valor por el cual se reconocerá el bien, y a media que entidad sienta que las condiciones iniciales que indujeron a que se usaran estas estimaciones cambien, se realizará un cambio de estimación como lo propone la seccione 17 Propiedad, Planta y Equipo párrafo 17.19 “Factores tales como un cambio en el uso del activo, un desgaste significativo inesperado, avances tecnológicos y cambios en los precios de mercado podrían indicar que ha cambiado el valor residual o la vida útil de un activo desde la fecha sobre la que se informa anual más reciente. Si estos indicadores están presentes, una entidad revisará sus estimaciones anteriores y, si las expectativas actuales son diferentes, modificará el valor residual, el método de depreciación o la vida útil. La entidad contabilizará el cambio en el valor residual, el método de depreciación o la vida útil como un cambio de estimación contable, de acuerdo con los párrafos 10.15 a 10.18.”
Ahora bien, sería un error no prever con anticipación que la vida útil puede cambiar hacia el futuro, por ello, esperar a que se termine la vida útil para volver estimarla nuevamente sería un error que implicaría su corrección tal como la establece la misma sección 10 Políticas contables, cambios en estimaciones y corrección de errores.
En conclusión, el juicio profesional será una herramienta para determinar de manera razonable este tipo de situaciones y no simplemente el bien en sí.
Fuente: AprendeNIIF – Edmundo Alberto Flórez Sánchez y Andrés Felipe Micolta