¿Ya inició la implementación de las NIIF en su empresa? De no cumplir con la norma, podría recibir una sanción de hasta 200 salarios mínimos
Según el Decreto 3022 de 2013, publicado por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, la fecha en la que las empresas deben empezar a aplicar las normas internacionales de Información Financiera (NIIF) empezó a partir del primero de enero de este año, pero, se ha percibido que muchas de las empresas, aunque tienen la obligación de incorporar las normas, en su mayoría aún no cuentan con diagnósticos ni políticas contables para la implementación de estas. Afirmó, Jorge Carrerá Valdivieso, director para Bolívar de Acopi, gremio de la PYMES, que la razón para que todavía no se hayan implementado las NIIF radica en los costos que traen para las empresas solo en términos de organización. Pero si como empresa no efectúa esta implementación o incumple la norma podría recibir una multa de hasta 200 salarios mínimos legales vigentes.
Redacción INCP a partir de artículo publicado por El Colombiano – Por Ferney Arias Jiménez
Para mayor información, puede referirse al artículo titulado “Pequeñas empresas colombianas atrasadas en implementación de las NIIF” de la fuente El Colombiano – Por Ferney Arias Jiménez.
Pequeñas empresas colombianas atrasadas en implementación de las NIIF
Los ajustes normativos anunciados desde 2009, aún causan dificultades para su implementación. Se espera hasta último momento para acogerlos. ¿Quién gana? ¿Quién pierde?
No hay fecha que no se cumpla ni plazo que no se venza, reza un adagio popular que aplica cabalmente a uno de los requerimientos que deben atender este año las pequeñas y medianas empresas (PYMES): incorporar las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).
El Decreto 3022 de 2013, del Ministerio de Comercio, estableció que entre el primero de enero y el 31 de diciembre de 2016, corre el primer período de aplicación de las NIIF. Es decir que durante este lapso las PYMES deben llevar la contabilidad, para todos los efectos, de acuerdo con ese marco técnico y normativo.
Incluso el concepto 115-015014 de la Superintendencia de Sociedades (Supersociedades), estableció sanciones hasta por 200 salarios mínimos mensuales legales vigentes (137,8 millones de pesos) por el incumplimiento de la norma.
Pero, ¿hicieron las PYMES los ajustes para cumplir con el requerimiento? Una respuesta la ofrece Jorge Carrerá Valdivieso, director para Bolívar de Acopi, gremio de la PYMES: “A pesar de que las empresas están obligadas a cumplir con este requerimiento, lo que hemos detectado es que la mayoría no están en las NIIF”.
El dirigente gremial también es enfático en señalar cuál ha sido la dificultad para atender ese compromiso. “Los costos, pues esto se volvió una oportunidad de oro para los contadores, y organizar esto no es barato”.
La declaración de Carrerá no es novedosa, si se tiene en cuenta que durante 2014 y 2015 corrieron los términos de preparación y transición.
A juicio de expertos como Néstor Jiménez, a las PYMES “las cogió la noche” y gran parte de ellas (a mediados de 2015), ni siquiera tenían el diagnóstico y la preparación de políticas contables, tarea que debieron cumplir en 2014.
Riesgos y retos
El profesor de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional, Mauricio Gómez Villegas, señaló que la implementación de las NIIF es una transformación que implica separar la contabilidad comercial o financiera de la información tributaria.
Gómez, citado en la edición de diciembre pasado de un periódico, precisó que “las empresas deben llevar un sistema de registro de diferencias o un libro fiscal para control, declaración y pago de impuestos, separado de su contabilidad financiera”.
Para el docente ese aspecto es muy relevante porque el tema impositivo es prioritario para los empresarios, en particular, para las micro, pequeñas y medianas empresas, pues puede ser determinante para su continuidad.
Basado en informes del Ministerio de Comercio, el investigador hizo notar que las PYMES representan el 3,5 por ciento del tejido empresarial del país; además, las microempresas son el 96,4 por ciento de las entidades, mientras que las grandes alcanzan apenas el 0,1 por ciento.
“Como dato muy relevante, las microempresas generan un poco más del 50 por ciento del empleo y las PYMES alcanzan el 30,5 por ciento de la ocupación nacional; esto significa que lo que pase con ellas es determinante para los procesos económicos”, dijo.
Frente a los retos que implican estos cambios en las PYMES, Gómez señaló que son de carácter organizacional, y requieren capacitación del personal, contratación de consultores y reformas del software, y hasta disponer de dos mecanismos de conciliación de la información contable y tributaria.
Por eso los riesgos que enfrentan las empresas al acoger las NIIF se convierten en retos para el Estado: “hasta el momento no se conocen los estudios técnicos sobre las necesidades de información contable de las PYMES ni sobre los impactos que traería la adopción de las NIIF”.
De ahí que obedece más a una “tendencia” que las PYMES apliquen NIIF, pero se desconocen los impactos o la pertinencia para el tejido empresarial colombiano.
Consejos que valen
Aunque los plazos ya están corriendo, para algunos analistas no sobran aún una serie de recomendaciones y observaciones que podrían ser esenciales en el proceso de implementación de las NIIF.
La firma de auditoría y consultoría Amézquita & Cía, por ejemplo, aconsejó a los pequeños y medianos empresarios abordar el proceso de implementación como un proyecto.
“La empresa debe designar un líder, un equipo y recurso humano, así como disponer de los recursos monetarios requeridos para el desarrollo del mismo, pues es importante que un solo grupo se dedique a liderar esta labor, así involucre a toda la organización”, sugirió la firma.
También es clave analizar impactos que las normas tendrán en la compañía, pues debe conocer todas las implicaciones en lo operativo, tecnológico, administrativo y financiero.
“Más que planes únicos de cuentas, se necesita una adecuada planeación de la contabilidad que asegure que las políticas contables estén siendo implementadas de manera eficiente, tanto en función de los objetivos del negocio (control interno), como del cumplimiento de los requerimientos legales y regulatorios”, planteó la consultora.
En los mismos términos se expresó la firma de servicios profesionales Vena e insistió en que se trata de un proceso obligatorio, no voluntario, ordenado por la ley 1314 de 2009, para el cual es indispensable involucrar a toda la organización.
Por último, vale la pena mencionar los resultados obtenidos por la Supersociedades en los análisis elaborados con 2.720 PYMES, de las cuales 598 fueron descartadas por la calidad de los datos. El 77 por ciento de las empresas requeridas cumplieron con presentación del informe.
Entre los impactos más llamativos, la Supersociedades destacó que al aplicar las NIIF, 1.228 PYMES observaron una reducción en su patrimonio, mientras 791 apreciaron un aumento.
En otras 915 se evidenció un ajuste (a la baja) en los pasivos derivados de impuestos diferidos y 1.159 registraron modificaciones en las cuentas de activos.
Fuente: El Colombiano – Por Ferney Arias Jiménez
4 Responses
Apreciado Ferney
Me parece muy interesante su artículo que resume diversas posturas sobre el tema.
En mi opinión personal, falta claridad al referirse a las NIIF.. El marco técnico del Grupo 2 es un marco de principios que se aplica en el mundo para empresas que no están listadas en mercados públicos, que contiene simplificaciones en materia de medición y revelación que no están disponibles para una empresa que cotiza en bolsa o que realiza captaciones o dinero del publico (entidades de interés publico).
En los artículos también se desconoce la tradición contable colombiana ya que las entidades obligadas a llevar contabilidad siempre han tenido la obligación de elaborar informes financieros de propósito general con base en un marco de principios de contabilidad generalmente aceptados en Colombia. Si se compara este marco de principios con los nuevos principios que están contenidos en el Decreto 2520 (anexo 2) en la gran mayoría de los casos se encontrarán muchas similitudes en los criterios de reconocimiento y medición del anterior marco normativo. Por esta razón, si una entidad ha tenido en el pasado un entendimiento claro del efecto de sus políticas contables y los responsables de los estados financieros (gerentes, administradores) conocen sus políticas, no deberían haber grandes dificultades para ajustarse al nuevo marco normativo.
En relación con los costos por la actualización de los principios, estos no deben ser solo asignados a las nuevas normas, ya que ellas tienen como objetivo generar informes empresariales de mayor calidad que ayuden en la gestión del negocio y a los otros usuarios a tomar mejores decisiones, siempre teniendo en cuenta las condiciones especificas del negocio y los usuarios de la información de cada entidad.
Es desafortunado que en los análisis realizados siempre se haga referencia a las normas contables (marcos técnicos) desconociendo que estos solo buscan una información de mayor calidad y de mayor transparencia, y que no se refieran a otros temas de mayor impacto, como el de las necesidades de una mejor formación de los contadores públicos, el fortalecimiento de los mecanismos de supervisión, y un plan integral para el fomento de mayores capacidades..
Los esfuerzos de internacionalización de las normas contables en Colombia no son nuevos, ya que antes de la expedición del decreto 2160 de 1986, los contadores colombianos basaban su ejercicio profesional en la aplicación de las mejores prácticas internacionales; posteriormente el Decreto 2649 de 1993, es un intento de internacionalización ya que su marco conceptual se construyó con base en los conceptos de contabilidad financiera USGAAP y el marco conceptual emitido por el IASC.. las normas técnicas también fueron un intento de incorporar en las normas colombianas las normas internacionales de contabilidad, emitidas por la anterior Fundación IASC-. Una mejor calificación profesional, el fortalecimiento de los mecanismos de supervisión, con seguridad hubiera generado una información financiera de mayor calidad, que estaría muy cercana a los actuales requerimientos de los marcos técnicos que ahora deben aplicarse para entidades que no cotizan en los mercados de valores.
En conclusión, la elaboración de mejores informes financieros de propósito general (tal como era requerido por el Decreto 2649/93) tiene costos, pero también tiene múltiples beneficios para todos los usuarios. Los ajustes de los principios contables aplicados, deberán tener en cuenta las condiciones especificas de la entidad y la forma en que ellos afectarán a los usuarios de sus estados financieros. En mi opinión hay grandes cambios en la forma de elaborar los reportes y las notas, pero los requerimientos de medición siguen siendo muy similares a los que han aplicado las empresas durante los últimos años.
Att
Wilmar Franco Franco
Me pareces muy acertado este documento en cuanto al análisis realizado a las PYME., en su cumplimiento de la ley 1314/09. La gerencia ven la aplicación de la NIIF como un gasto, y aun no le ve la gran importancia que los estándares internacionales les brindan en cuanto a minimizar el riesgo del impago de sus venta o servicios cuando financian, (modelo de riesgo crediticio). como por ejemplo…….pienso que este es la columna vertebral una empresa su ventas.
la empresa donde laboro no ha implementado las niif a hoy 7 de marzo de 2.017, yo puedo hacerlo a diciembre de 2.016. estoy preocupada por favor me puede orientar
buenos días.
en este momento estoy acabando mis estudios como Contador Publico y dentro de las obligaciones que se presenta antes de grado debo realizar una monografia de una entidad en la implementan bajo Niif, me gustaría saber si dentro de sus posibilidades me pueden ayudar a determinar que seria bueno implementar en una empresa.
muchas gracias