FASB publica ASU sobre los requerimientos de revelación de información sobre los impuestos a los ingresos
El Consejo de Normas de Contabilidad Financiera (FASB, por sus siglas en inglés), recientemente emitió una ASU (Accounting Standards Update) en la que propone actualizar los requerimientos de revelación de información de los impuestos a los ingresos. La propuesta del FASB tiene como intención mejorar la efectividad de las revelaciones en las notas a los estados financieros presentados por una entidad, de tal forma que estos reflejen de manera más clara la información que sea más relevante o importante para los usuarios de los estados financieros. Considerando lo anterior, el FASB señala que el documento estará abierto al público y para comentarios hasta septiembre 30 del 2016.
Redacción INCP a partir del artículo publicado por Deloitte
Para mayor información, puede referirse al artículo titulado “FASB propone actualizaciones a los requerimientos de revelación de los impuestos a los ingresos” de la fuente Deloitte.
FASB propone actualizaciones a los requerimientos de revelación de los impuestos a los ingresos
En julio 26, 2016, FASB emitió una ASU propuesta que modificaría o eliminaría ciertos requerimientos de revelación relacionados con los impuestos a los ingresos así como también establecería nuevos requerimientos. Los comentarios sobre la ASU propuesta son recibidos hasta septiembre 30, 2016.
La propuesta hace parte del proyecto de estructura de la revelación, de FASB, el cual tiene la intención de “mejorar la efectividad de las revelaciones contenidas en las notas a los estados financieros mediante comunicar de manera clara la información que sea la más importante para los usuarios de los estados financieros de cada entidad”.
En marzo de 2014, FASB emitió una propuesta de declaración de conceptos sobre su estructura conceptual para la información financiera. La Junta decidió luego probar la orientación contenida en esa propuesta mediante considerar la efectividad de las revelaciones del estado financiero relacionadas con inventario, impuestos a los ingresos, mediciones del valor razonable, y pensiones de beneficio definido y otros planes posteriores al retiro. La ASU propuesta es resultado de la aplicación, a los impuestos a los ingresos, de la orientación contenida en la declaración de conceptos propuesta.
Determinaciones clave de la ASU propuesta
Alcance
Si bien muchas de las enmiendas aplicarían a todas las entidades que estén sujetas a impuestos a los ingresos, ciertas enmiendas aplicarían solo a las entidades de negocio públicas.
Como parte de la propuesta, FASB decidió que también reemplazaría el término “entidad pública”, tal y como es definida en el glosario contenido en la ASC 740-10, por “entidad de negocios pública”, tal y como es definida en el Glosario Maestro de la FASB Accounting Standards Codification (ASC). La definición de una entidad de negocios pública incluye ciertos tipos de entidades que la definición de una entidad pública según la ASC 740 no incluye. Por consiguiente, los requerimientos de revelación contenidos en la ASC 740 que actualmente aplican solo a las entidades públicas aplicarían también a otras entidades.
Ganancias en el extranjero reinvertidas de manera indefinida
La ASU propuesta requeriría que todas las entidades expliquen cualquier cambio a una aseveración de reinversión indefinida hecha durante el año, incluyendo las circunstancias que causaron tal cambio en la aseveración. Todas las entidades también estarían requeridas a revelar la cantidad de las ganancias para las cuales durante el año hubo un cambio en la aseveración. Además, todas las entidades estarían requeridas a revelar el agregado de efectivo, equivalentes de efectivo, y valores comercializables tenidos por sus subsidiarias en el extranjero.
Tal información tiene la intención de darles a los usuarios del estado financiero información que les ayudará a predecir la probabilidad de repatriaciones futuras y las consecuencias asociadas con los impuestos a los ingresos relacionadas con ganancias reinvertidas indefinidamente en el extranjero.
Beneficios tributarios no reconocidos
La ASU propuesta modificaría los requerimientos de revelación para la entidad de negocios pública relacionados con los beneficios tributarios no reconocidos. También adicionaría un requerimiento para que las entidades revelen, en la conciliación tabular de la cantidad total de los beneficios tributarios no reconocidos requerida por la ASC 740-10-50-15A(a), las liquidaciones desagregadas por las que hayan sido (o serán) liquidadas en efectivo y las que hayan sido (o serán) liquidadas mediante usar activos tributarios diferidos existentes en efectivo y las que hayan sido (o serán) liquidadas mediante el uso de activos tributarios diferidos existentes (e.g., liquidación mediante el uso de pérdida operacional neta o traslados de créditos tributarios).
La entidad de negocios pública también estaría requerida a proporcionar una descomposición (i.e., un mapeo) de la cantidad del total de los beneficios tributarios no reconocidos mostrando en la conciliación tabular por las respectivas líneas del balance general en las cuales se registran los beneficios tributarios no reconocidos. Si cualquier beneficio tributario no reconocido no es incluido en una línea del balance general, tal cantidad sería revelada por separado. Además, la entidad de negocios pública estaría requerida a revelar la cantidad total de los beneficios tributarios no reconocidos que sean compensados contra activos tributarios diferidos existentes por pérdidas operacionales netas y por traslados de créditos tributarios.
Según la orientación actualmente contenida en la ASC 740-10-50-15(d), todas las entidades tienen que revelar detalles de las posiciones tributarias para las cuales sea razonablemente posible que la cantidad total de los beneficios tributarios no reconocidos se incrementará o disminuirá de manera importante en los siguientes 12 meses. La ASU propuesta también eliminaría este requerimiento de revelación.
La ASC 740-10-55-217 (tal y como fue enmendada) proporcionaría un ejemplo de la aplicabilidad de esos requerimientos de revelación.
Pérdida operacional y traslados de créditos tributarios
Actualmente, las entidades están requeridas a revelar la cantidad y las fechas de expiración de las pérdidas operacionales y los traslados de créditos tributarios para propósitos tributarios. Históricamente, ha habido diversidad en la práctica relacionada con este requerimiento de revelación. La ASU propuesta reduciría esta diversidad mediante requerir que la entidad de negocios pública revele la cantidad total de:
- Pérdida operacional neta bruta federal, estatal, y en el extranjero, y traslados de créditos tributarios (i.e., no gravados llevados a efecto) por período de expiración por cada uno de los primeros cinco años después de la fecha de presentación de reporte y el total por cualesquiera años restantes.
- Activos tributarios diferidos federales, estatales, y en el extranjero relacionados con pérdidas operacionales netas y traslados de créditos tributarios (i.e., impuestos llevados a efecto) antes de cualquier provisión por valuación.
Nota del editor
En general, la entidad debe medir el activo tributario diferido de acuerdo con los criterios de reconocimiento y medición contenidos en la ASC 740. Si bien la ASU propuesta usa el término “activo tributario diferido”, no está claro si se refiere al activo tributario diferido medido según los criterios de la ASC 740 o simplemente la cantidad afectada-por-los-impuestos de la pérdida operacional neta y los traslados de créditos tributarios tal y como se reflejó en las declaraciones presentadas sobre los impuestos a los ingresos.
Tal y como se discutió anteriormente, la entidad de negocios pública también estaría requerida a revelar la cantidad total de los beneficios tributarios no reconocidos que se compensen contra activos tributarios diferidos existentes por pérdidas operacionales netas y traslados de créditos tributarios.
Además, la ASU propuesta modificaría los requerimientos de revelación relacionados con la pérdida operacional neta y los traslados de créditos tributarios para entidades diferentes a entidades de negocio públicas. Una entidad diferente a la entidad de negocios pública estaría requerida a revelar el total de las cantidades brutas de las pérdidas operacionales netas federales, estatales, y en el extranjero y de los traslados de créditos tributarios (i.e., gravámenes no llevados a efecto) junto con sus fechas de expiración.
La ASC 740-10-55-218 hasta 55-222 (tal y como fue enmendada) proporcionaría un ejemplo de la aplicabilidad de esos requerimientos de revelación.
Conciliación de la tasa
La ASC 740-10-50-12 actualmente requiere que la entidad de negocios pública revele una conciliación de la cantidad reportada del gasto (o beneficio) por impuestos a los ingresos provenientes de operaciones continuadas con la cantidad del gasto (o beneficio) por impuesto a los ingresos que resultaría de multiplicar los ingresos (o pérdida) antes de impuestos proveniente de operaciones continuadas por la tarifa tributaria estatutaria federal local. La ASU propuesta enmendaría el requerimiento para que la entidad de negocios pública revele la conciliación de la tarifa de los impuestos a los ingresos de una manera consistente con la SEC Regulation S-X, Rule 4-08(h). Tal y como fue enmendada, la ASC 740-10-50-12 continuaría requiriendo que la entidad de negocios pública revele una conciliación de la cantidad reportada del gasto (o beneficio) por impuesto a los ingresos proveniente de operaciones continuadas con la cantidad del gasto (o beneficio) por impuestos a los ingresos que resultaría de multiplicar los ingresos (o pérdida) antes de impuestos proveniente de operaciones continuadas por la tarifa tributaria estatutaria federal local. Sin embargo, la enmienda modificaría el requerimiento para desagregar y presentar por separado los componentes contenidos en la conciliación de la tarifa que sean mayores que o iguales al 5 por ciento del impuesto a la tarifa tributaria estatutaria de una manera consistente con el requerimiento contenido en la Regla 4-08(h).
Ayuda del gobierno
Como resultado de su ASU propuesta en noviembre de 2015 sobre ayuda del gobierno, FASB decidió requerir que la entidad revele cierta información relacionada con la ayuda recibida de una unidad de gobierno que reduzca los impuestos a los ingresos de la entidad. De acuerdo con ello, la ASU propuesta sobre revelaciones del impuesto a los ingresos requeriría que todas las entidades que reciban ayuda del gobierno relacionada con impuestos a los ingresos revelen una “descripción del acuerdo legalmente de cumplimiento forzoso con el gobierno, incluyendo la duración del acuerdo y los compromisos hechos con el gobierno según ese acuerdo y la cantidad del beneficio que reduce, o puede reducir, su carga de impuestos a los ingresos”. Este requerimiento de revelación aplicaría solo cuando el gobierno determine si, según tal acuerdo, la entidad recibiría ayuda y, si es así, qué tanta recibiría incluso si satisface los requerimientos de elegibilidad que sean aplicables. En ausencia de un acuerdo específico entre la entidad y el gobierno, la entidad no estaría requerida a revelar esta información si la entidad obtuvo la ayuda del gobierno porque satisface los requerimientos de elegibilidad que aplican a todos los contribuyentes.
Otros requerimientos de revelación de los impuestos a los ingresos
La ASU propuesta también requeriría que todas las entidades revelen lo siguiente:
- La cantidad de los ingresos (o pérdidas) antes de impuestos provenientes de operaciones continuadas desagregada por cantidades en el extranjero y locales.
- La cantidad del gasto (o beneficio) por impuestos a los ingresos provenientes de operaciones continuadas desagregada por cantidades en el extranjero y locales.
- La cantidad pagada por impuestos a los ingresos desagregada por cantidades en el extranjero y locales. Una desagregación adicional sería requerida por cualquier país que sea importante en relación con la cantidad total pagada por impuestos a los ingresos.
- El cambio de la ley tributaria promulgada si es probable que tal cambio tendría un efecto en la entidad en el futuro.
En la determinación de los ingresos (o pérdida) antes de impuestos, del gasto (o beneficio) por impuestos a los ingresos en el extranjero, o los impuestos a los ingresos en el extranjero pagados, “extranjero” se refiere a cualquier país fuera del país sede de la entidad que reporta.
Además, la propuesta requeriría que las entidades de negocio públicas expliquen cualquier provisión reconocida o publicada durante el año junto con la cantidad correspondiente.
La ASU propuesta también está alineada con la orientación contenida en la ASU propuesta por FASB sobre la valoración de la materialidad de las revelaciones, la cual permite que la entidad considere la materialidad cuando valore los requerimientos de revelación de los impuestos a los ingresos.
Orientación para la transición y fecha efectiva
Las enmiendas de la ASU propuesta serían aplicadas prospectivamente. FASB determinará la fecha efectiva para la orientación final luego que haya considerado la retroalimentación proveniente de los stakeholders.
Fuente: Deloitte