Los impuestos no pueden ser consecuencia de orden jurídico

Los impuestos no pueden ser consecuencia de orden jurídico

990bNingún impuesto en especial, es una consecuencia de orden jurídico que aplica sin distinción alguna a la naturaleza del impuesto, porque no existe razón alguna para que aquellas argumentaciones no sean aplicables para un nuevo impuesto a la riqueza.

[cryout-button-color url=»http://incp.org.co/Site/2015/info/archivos/concepto-16487-dian.pdf» color=»#47AFFF»]Concepto 16487 (100202208 0508) / 04-06-2015 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales[/cryout-button-color]

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 Tomado de: Notinet

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