El anexo de la factura comercial debe hacerse para el caso de productos destinados al uso personal del importador
Para el caso de productos destinados exclusiva y directamente para uso personal del importador, en concordancia con el numeral 2.2.4 del Título IV de la Circular Única de la SIC y para los efectos del control que corresponde a esta superintendencia, en el momento de la radicación de la solicitud de registro de importación a través de la VUCE, debe anexar la factura comercial.
Tomado de: Notinet