Modificación al procedimiento para revelar recursos del sistema de regalías 

Modificación al procedimiento para revelar recursos del sistema de regalías 

contable-2La Resolución 111 de 2016 estableció la manera como deben ser reconocidas y reveladas en el procedimiento contable, los recursos del Sistema General de Regalías para entidades públicas incluyendo a la Corporación Autónoma Regional de Magdalena, beneficiaria de proyectos de inversión de los municipios ribereños del Río Magdalena y el Canal del Dique. 

Resolución 111 / 31-03-2016 / Contaduría General de la Nación

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Tomado de: Notinet

Por la cual se modifica la Resolución 139 de 2012, modificada por la Resolución 256 de 2014

El Contador General de la Nación, en ejercicio de las facultades establecidas en el artículo 354 de la Constitución Política de Colombia, además de las conferidas por la Ley 298 del 23 de julio de 1996 y el Decreto 143 de 2004,

 CONSIDERANDO:

 Que mediante la Resolución 354 de 2007, expedida por la UAE Contaduría General de la Nación (CGN), se adoptó el Régimen de Contabilidad Pública conformado por el Plan General de Contabilidad Pública, el Manual de Procedimientos y la Doctrina Contable Pública.

 Que mediante la Resolución 356 de 2007, expedida por la CGN, se adoptó el Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública integrado por el Catálogo General de Cuentas, los Procedimientos Contables y los Instructivos Contables.

1          Oficio AE-000170 del Agente Especial de Termocandelaria S.C.A. E.S.P., radicado bajo el número SSPD20155290734922.

Que mediante la Resolución 139 de 2012, expedida por la CGN, se definió el trata­miento contable de los recursos del Sistema General de Regalías.

Que el artículo 154 de la Ley 1530 de 2012 estableció que “En desarrollo del artículo 331 de la Constitución Política, se asignará el 0.5% de los ingresos del Sistema General de Regalías para proyectos de inversión de los municipios ribereños del Río Grande de la Magdalena, incluidos, los del Canal del Dique. Estos recursos serán canalizados a través de la Corporación Autónoma Regional del río Grande de la Magdalena (…)”.

 Que el artículo 11 del Decreto 817 de 2014 estipuló que los recursos del Sistema General de Regalías de que trata el artículo 154 de la Ley 1530 de 2012 se rigen por las normas de los Fondos de Desarrollo Regional y del 60% del Fondo de Compensación Regional en lo relacionado con los temas presupuestales, de giro y de rendimientos financieros.

 Que la CGN expidió la Resolución 256 de 2014, mediante la cual se modificaron los numerales 7.1, 7.2 y 8.2 del Procedimiento contable para el reconocimiento y revelación de los recursos del Sistema General de Regalías, definiendo el tratamiento contable de las asignaciones para proyectos de inversión de los municipios ribereños del Río Grande de la Magdalena y Canal del Dique, y en dicho tratamiento contable se consideró como beneficiarios de los recursos a tales municipios.

 Que la asignación de los recursos del Sistema General de Regalías corresponde a Cor­magdalena y que los recursos se ejecutan a través de proyectos aprobados por el OCAD respectivo, bien sea por Cormagdalena o por un tercero ejecutor.

 Que la información contable pública busca satisfacer el conjunto de necesidades específicas y demandas de los distintos usuarios para facilitar la toma de decisiones tendientes a optimizar la gestión eficiente de los recursos y el mantenimiento del pa­trimonio público.

 Que se hace necesario modificar el Procedimiento contable para el reconocimiento y revelación de los recursos del Sistema General de Regalías, incluyendo a Cormagdalena como beneficiaria del 0.5% de los ingresos del SGR para proyectos de inversión en los municipios ribereños del Río Grande de la Magdalena, incluidos, los del Canal del Dique.

 Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

 RESUELVE:

 Artículo 1°. Modificar los numerales 7, 8 y 9 del Procedimiento Contable para el reconocimiento y revelación de los recursos del Sistema General de Regalías, los cuales quedarán así:

  1. Reconocimiento de las asignaciones.

7.1 Registros contables en el Sistema General de Regalías.

Con base en el documento soporte de la distribución de las asignaciones directas a las entidades territoriales, el MHCP, en la contabilidad del SGR, debita la subcuenta 541301-Asignaciones directas, de la cuenta 5413-Sistema General de Regalías y acredita la subcuenta 240316-Sistema General de Regalías, de la cuenta 2403-Transferencias por Pagar.

Las asignaciones a las entidades territoriales de los recursos distribuidos en los distintos fondos se registran debitando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 5413-Sistema General de Regalías y acreditando la subcuenta 240316-Sistema General de Regalías, de la cuenta 2403-Transferencias por Pagar.

Las asignaciones del 0.5% de los ingresos del SGR para proyectos de inversión en los municipios ribereños del Río Grande de la Magdalena, incluidos, los del Canal del Dique, se registran debitando la subcuenta 541306-Para proyectos de inversión de los municipios ribereños del río Grande de la Magdalena y Canal del Dique, de la cuenta 5413-Sistema General de Regalías y acreditando la subcuenta 240316-Sistema General de Regalías, de la cuenta 2403-Transferencias

Por pagar.

Adicionalmente, el MHCP, en la contabilidad del SGR, acredita la subcuenta 292580-Re­galías recaudadas (Db) y debita las subcuentas que identifiquen el concepto distribuido, de la cuenta 2925-Regalías Distribuidas.

 7.2 Registros contables en la entidad territorial y en Cormagdalena.

 Con base en el documento soporte de la distribución de las asignaciones directas a las entidades territoriales, la entidad territorial debita la subcuenta 141313-Sistema Ge­neral de Regalías, de la cuenta 1413-Transferencias por Cobrar y acredita la subcuenta 441301-Asignaciones directas, de la cuenta 4413-Sistema General de Regalías.

 Las asignaciones a las entidades territoriales de los recursos distribuidos en los distintos fondos se registran debitando la subcuenta 141313-Sistema General de Regalías, de la cuenta 1413-Transferencias por Cobrar y acreditando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 4413-Sistema General de Regalías.

 Las asignaciones del 0.5% de los ingresos del SGR para proyectos de inversión en los municipios ribereños del río Grande de la Magdalena, incluidos, los del Canal del Dique se registran en Cormagdalena, debitando la subcuenta 141313-Sistema General de Regalías, de la cuenta 1413-Transferencias por Cobrar y acreditando la subcuenta 441306-Para proyectos de inversión de los municipios ribereños del Río Grande de la Magdalena y Canal del Dique, de la cuenta 4413-Sistema General de Regalías.

  1. Giro de las asignaciones.

 8.1 Registros contables en el Sistema General de Regalías.

Con el giro a la entidad territorial, a Cormagdalena o a la entidad ejecutora del proyecto, el MHCP, en la contabilidad del SGR, debita la subcuenta 240316-Sistema General de Regalías, de la cuenta 2403-Transferencias por Pagar y acredita la subcuenta que corres­ponda, de la cuenta 1140-Cuenta Única Sistema General de Regalías.

 8.2 Registros contables en la entidad territorial y en Cormagdalena.

Con el giro de la asignación directa en la cuenta autorizada, la entidad territorial debita la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-Depósitos en Instituciones Financieras y acredita la subcuenta 141313-Sistema General de Regalías, de la cuenta 1413-Trans­ferencias por Cobrar.

Las asignaciones provenientes de los fondos se registran debitando el activo o pasivo correspondiente y acreditando la subcuenta 141313-Sistema General de Regalías, de la cuenta 1413-Transferencias por Cobrar, de acuerdo con la información de la ejecución de los proyectos de inversión suministrada por la entidad que designe el respectivo Órgano Colegiado de Administración y Decisión.

 El giro de las asignaciones del 0.5% de los ingresos del SGR para proyectos de inversión en los municipios ribereños del Río Grande de la Magdalena, incluidos, los del Canal del Dique se registran en Cormagdalena, debitando la subcuenta que corresponda, de la cuenta 1110-Depósitos en Instituciones Financieras y acreditando la subcuenta 141313-Sistema General de Regalías, de la cuenta 1413-Transferencias por Cobrar”.

 Cuando el giro de las asignaciones se realiza directamente a la entidad ejecutora del proyecto, se registra por la entidad territorial o por Cormagdalena, debitando la subcuenta 142402- En administración, de la cuenta 1424-Recursos Entregados en Administración y Acreditando la subcuenta 141313-Sistema General de Regalías, de la cuenta 1413-Trans­ferencias por Cobrar.

  1. Ejecución de los proyectos de inversión.

Con la ejecución de los proyectos de inversión financiados con recursos del Sistema General de Regalías, a través de los Fondos, y del 0.5% de los ingresos del SGR para proyectos de inversión en los municipios ribereños del Río Grande de la Magdalena, incluidos, los del Canal del Dique, la entidad territorial o Cormagdalena deben reconocer el respectivo activo o gasto en las cuentas y subcuentas que correspondan con contrapar­tida en la cuenta y subcuenta del pasivo a que haya lugar. Lo anterior, de acuerdo con la información de la ejecución de los proyectos de inversión suministrada por la entidad que designe el respectivo Órgano Colegiado de Administración y Decisión.

 Si la ejecución y financiación de un proyecto involucra a más de una entidad territorial, para el reconocimiento de los activos, pasivos, ingresos y gastos relacionados en cada una de ellas, se debe aplicar lo dispuesto en el Procedimiento contable para el reconocimiento y revelación de las actividades realizadas conjuntamente, contenido en el capítulo XVIII del Libro II del Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública. Para tal efecto, se debe garantizar el flujo de información completa y oportuna por parte del ejecutor del proyecto a las entidades territoriales”.

Artículo 2º. Vigencia y derogatorias. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 119 de la Ley 489 de 1998; modifica la Resolución 139 de 2012, modificada por la Resolución 256 de 2014, y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

 Publíquese y cúmplase. 

Dada en Bogotá, D.C., a 31 de marzo de 2016. 

El Contador General de la nación. 

Pedro Luis Bohórquez Ramírez.

 (C. F.).

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