Hasta el 17 de febrero los empleadores pueden postularse al PAEF

En una estrategia por apoyar a todos los empleadores del país que tienen afectadas sus actividades económicas a causa de la pandemia, el Gobierno Nacional abrió desde el 8 y hasta el 17 de febrero sus convocatorias para acceder al Programa de Apoyo al Empleo Formal PAEF.
Quienes cumplan con los requisitos del programa recibirán por las mujeres y trabajadores de los sectores turístico, de hotelería y gastronomía, actividades artísticas, de entretenimiento y recreación un apoyo del 50% de un salario mínimo por cada trabajador, es decir $454.000
Los empleadores de hombres y trabajadores de las demás actividades económicas se entregará una ayuda equivalente a $363.000 lo que equivale al 40% de un salario mínimo, por cada empleado que se postule, sin importar el género.
Es importante recordar que los recursos del subsidio a la nómina no llegan directamente a los trabajadores, sino que el Gobierno Nacional los entrega exclusivamente a los empleadores para que sirvan de apoyo en el pago de los salarios de sus empleados activos al momento de aplicar al programa.
Los empleadores del archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, que no se pudieron postular, pueden hacerlo para los meses de septiembre, octubre y noviembre, diligenciando (1) formulario por cada mes de postulación.
¿Qué aspectos deben tener en cuenta los empleadores de San Andrés, Providencia y Santa Catalina?
- El aporte recibido corresponderá al salario mínimo de año 2020.
- Todas las postulaciones se validarán en las mismas condiciones vigentes para los ciclos de postulación de septiembre, octubre y noviembre 2020.
- Las postulaciones de septiembre, octubre y noviembre corresponden al apoyo de las nóminas de agosto, septiembre y octubre respectivamente.
- Las Planillas Integradas de Liquidación de Aportes PILA de agosto, septiembre, y octubre de 2020 deben haberse pagado máximo hasta el 27 de noviembre de 2020.
¿En dónde se realizan las postulaciones?
A través de las entidades financieras que ofrecen este mecanismo de manera virtual a través de sus sitios web.
¿Quiénes pueden postularse al beneficio del PAEF?
- Personas jurídicas
- Personas naturales empleadoras
- Entidades sin ánimo de lucro
- Consorcios y uniones temporales
- Cooperativas de trabajo asociado
- Patrimonios autónomos
¿Cuáles son los requisitos?
- Demostrar una disminución en los ingresos de por lo menos el 20% y el pago de salarios.
- Estar al día en el pago de aportes al Sistema de la Protección Social y de la nómina.
Documentos requeridos
1. Formulario de postulación diligenciado y firmado por:
- Representante legal
- Persona natural empleadora o
- Promotor o liquidador, si la empresa postulante está en reestructuración o liquidación.
2. Certificación de disminución de ingresos y pago de salarios:
Indicando que sus ingresos disminuyeron en 20% o más por la pandemia, y que los trabadores por los que se postula recibieron el salario correspondiente al mes del subsidio.
Debe estar firmada por:
- Representante legal o persona natural empleadora.
- Revisor fiscal o contador público, cuando el postulante no esté obligado a tener revisor fiscal.
- Promotor o liquidador, si la empresa postulante está en reestructuración o liquidación.
¿Cuándo se conocerán los resultados de las postulaciones?
Los resultados de las postulaciones del archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, se empezarán a conocer entre el 24 y 2 de marzo y las que se reciban desde el resto del país entre el 3 y el 9 de marzo.
El Director General de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales UGPP, Fernando Jiménez Rodríguez, expresó: “Los empleadores tiene en el PAEF un apoyo destacado del Gobierno Nacional que permite no sólo ayudar el pago de sus obligaciones laborales, sino que además protege los ingresos de las familias que dependen de las actividades económicas del sector productivo colombiano”.
Fuente: UGPP