El usufructo se trata de un derecho real que además de conllevar la facultad de goce del respectivo bien, impone al usufructuario la carga no solo de conservar la cosa, sino también la de “restituirla a su dueño” si se trata de bien no fungible, o la de pagar su valor, en caso contrario.
[cryout-button-color url=»http://www.incp.org.co/Site/2015/info/archivos/concepto-149216.pdf» color=»#47AFFF»] Concepto 220 149216 / 06-11-2015 / Superintendencia de Sociedades[/cryout-button-color]
Tomado de: Notinet