Queda en firme resolución que simplifica y agiliza el proceso de nacionalización de mercancía

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), dejó en firme su Resolución 000034 del 31 de mayo de 2018, “Por la cual se modifica la Resolución 4240 de 2000”. Con esta norma, como se anticipó oportunamente en el proyecto de resolución, la DIAN suprime la presentación de declaración de importación, ante las entidades autorizadas para recaudarlas, cuando la misma no genere obligación de pago inmediato de los tributos aduaneros.

La resolución, que entrará en vigor luego del 15 de junio de 2018, aclara que ya no deben presentarse, como condición para obtener la autorización de levante, las declaraciones de importación (Formulario 500) y declaración de importación simplificada (Formulario 510) que no generen la obligación de pago inmediato de los tributos aduaneros, en las entidades autorizadas para recaudar. A partir de este momento, la asignación de número y fecha de adhesivo, con el cual se adelantará el proceso de nacionalización de mercancías, será realizada por el sistema informático “SYGA” Importaciones.

Ver: Resolución 000034 de 2018

Redacción INCP

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