Recuerde que a partir del 1 de enero de 2018 entrará en vigencia la NIIF 9

A partir del 1 de enero de 2018, entrará en vigencia la Norma Internacional de Información Financiera 9 – Instrumentos Financieros-, la cual aborda la clasificación y medición de los instrumentos financieros, el deterioro en el valor de los activos financieros, y la contabilidad de coberturas; sustituyendo los requerimientos de la Norma Internacional de Auditoria 39 (Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición).

Según Sandra Botero, “el reto para las empresas ante la inminente aplicación de la IFRS 9 está en la categorización de sus modelos de negocio y en la designación de la metodología de valoración para sus activos financieros mediante la aplicación de la prueba de SPPI, en la obtención de información histórica y el desarrollo de supuestos sobre las condiciones económicas futuras respecto a su cartera así como en el diseño de modelos o matrices de provisión para el modelo de pérdidas esperadas, y en los que sea aplicable, la revisión de las coberturas financieras y la gestión de riesgos para preparar la documentación requerida en la aplicación de la contabilidad de coberturas”.

Redacción INCP a partir del artículo publicado por Deloitte

Para mayor información, puede revisar el artículo titulado IFRS 9: Principales cambios para tener en cuenta a su entrada en vigencia” de la fuente Deloitte.

IFRS 9: Principales cambios para tener en cuenta a su entrada en vigencia

Desde el 1 de enero de 2018 empezará a regir la IFRS 9 Instrumentos Financieros, cuya versión final fue emitida por la Junta de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) en julio de 2014. Esta norma aborda temas como la clasificación y medición de los instrumentos financieros, el deterioro en el valor de los activos financieros, y la contabilidad de coberturas, sustituyendo los requerimientos de la IAS 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición.

Si bien la aplicación de esta norma tendrá un mayor impacto en las entidades financieras por la complejidad y sofisticación misma de sus instrumentos, supone un reto también para aquellas empresas no financieras que se verán enfrentadas, por ejemplo, a modificar la clasificación y metodología de valoración de sus activos financieros, a anticipar el reconocimiento del deterioro en el valor de sus activos financieros registrando provisiones desde su reconocimiento inicial, y si han optado por aplicar la contabilidad de coberturas, afrontarán nuevas posibilidades para reflejar más convenientemente el efecto de las actividades de administración de riesgos de la entidad en sus estados financieros.

En relación con la contabilidad de coberturas, los principales cambios que envuelve la transición de la IAS 39 a la IFRS 9 son la eliminación de los límites cuantitativos fijados para medir la eficacia de las coberturas y la introducción del rebalanceo como un nuevo concepto, bajo cuyo marco se permiten cambios en la relación de cobertura (ya sea en los montos de los elementos cubiertos o en los instrumentos de cobertura), permitiendo así la continuación de la relación de cobertura.

Por su parte, para la estimación del deterioro en el valor de los activos financieros, la IFRS 9 presenta un cambio de enfoque, sustituyendo el modelo de pérdidas incurridas de la IAS 39 que reconoce el deterioro bajo la premisa que todos los préstamos serán pagados hasta que se demuestre lo contrario (lo que ocurre únicamente cuando se presenta un evento disparador de pérdida y es sólo en ese momento que se considera el préstamo deteriorado y se ajusta a la baja su valor), por el modelo de pérdidas esperadas, en el cual éstas se reconocen durante la vida del activo financiero. Ciertamente, la aplicación de este último modelo incorpora el desafío para las empresas de contar con información cimentada sobre los hechos pasados que sea completa, organizada y veraz, y de desarrollar estimaciones razonables respecto a las condiciones económicas futuras.

En cuanto a la aplicación del modelo de clasificación y medición de activos financieros bajo IFRS 9, las empresas deberán evaluar el modelo de negocio en el que se mantienen estos instrumentos y las características de los flujos contractuales de los mismos. De esta manera, un activo financiero deberá medirse a costo amortizado si está dentro de un modelo de negocio que tiene como objetivo obtener los flujos de efectivo contractuales del activo, y si las condiciones de este dan lugar a flujos de efectivo que son únicamente pagos del principal e intereses sobre el importe del principal pendiente. De otra parte, si el objetivo del modelo de negocio en el que se mantiene el activo financiero es obtener sus flujos contractuales pero tener la posibilidad de venderlo, y si las condiciones contractuales del activo dan lugar a flujos de efectivo que son únicamente pagos del principal e intereses sobre el importe del principal pendiente, se deberá medir a valor razonable con cambios en otro resultado integral. Finalmente, un activo financiero deberá medirse a valor razonable con cambios en resultados a menos que se mida a costo amortizado o a valor razonable con cambios en otro resultado integral, de acuerdo con los criterios ya mencionados.

Evidentemente, la comprobación de si los flujos de efectivo contractuales son solamente pagos de principal e intereses, es determinante para efectuar la clasificación y valoración de los activos financieros. Esta evaluación se conoce en el medio como la prueba de SPPI (Solamente Pagos de Principal e Intereses) e incluye, como los elementos más relevantes de los intereses, la contraprestación por el riesgo de crédito y por el riesgo del valor temporal del dinero. No obstante, el análisis a realizar recoge cuantiosas particularidades técnicas (tales como condiciones contractuales que consideren cambios en los plazos o montos, pagos de intereses referenciados o indexados a índices de la bolsa o a precios de commodities, entre otras). En todo caso, si un activo no “pasa” la prueba de SPPI, significará que deberá valorarse a valor razonable con cambios en resultados.

Resumiendo, el reto para las empresas ante la inminente aplicación de la IFRS 9 está en la categorización de sus modelos de negocio y en la designación de la metodología de valoración para sus activos financieros mediante la aplicación de la prueba de SPPI, en la obtención de información histórica y el desarrollo de supuestos sobre las condiciones económicas futuras respecto a su cartera así como en el diseño de modelos o matrices de provisión para el modelo de pérdidas esperadas, y en los que sea aplicable, la revisión de las coberturas financieras y la gestión de riesgos para preparar la documentación requerida en la aplicación de la contabilidad de coberturas.

Fuente: Sandra Botero – Deloitte

Una respuesta

  1. Edwin Antonio Franco Chica. dice:

    Muy interesante este asunto. Deseo conocer mas al respecto.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *