Registro de bases de datos será obligatorio solo para algunos

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo pone a discusión pública proyecto de decreto “Por el cual se modifican los artículos 2.2.2.26.1.2 y 2.2.2.26.3.1 del Decreto 1074 de 2015 – Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo”. Este pretende modificar los plazos y  reducir el universo de vigilados que deben registrar sus bases de datos en el RNBD (Registro Nacional de Bases de Datos), garantizando así, un alto grado de cumplimiento de esta obligación legal.

Los nuevos obligados y plazos serian:

Grandes empresas – a más tardar el 30 de septiembre de 2018

Medianas empresas – a más tardar el 30 de noviembre de 2018

Entidades sin ánimo de lucro (ESAL) – a más tardar el 31 de enero de 2019

Personas jurídicas de naturaleza pública – a más tardar el 31 de enero de 2019

Usted podrá enviar sus comentarios -en el formato adjunto- sobre este proyecto de normatividad, hasta el día 11 de diciembre de 2017, a través de los correos electrónicos:  mbarragan@mincit.gov.co  y mortiz@mincit.gov.co.

Ver: Proyecto de Decreto

Ver: Formato para comentarios

Ver: Memoria Justificativa PD

Redacción INCP

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *