{"id":2413,"date":"2022-06-29T16:06:55","date_gmt":"2022-06-29T21:06:55","guid":{"rendered":"https:\/\/incp.org.co\/revista-el-contador-publico\/?p=2413"},"modified":"2025-05-21T15:35:09","modified_gmt":"2025-05-21T20:35:09","slug":"importancia-de-la-materialidad-para-los-preparadores-de-informacion-financiera","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/incp.org.co\/revista-el-contador-publico\/tendencias\/noticias\/2022\/06\/importancia-de-la-materialidad-para-los-preparadores-de-informacion-financiera\/","title":{"rendered":"Importancia de la materialidad para los preparadores de informaci\u00f3n financiera"},"content":{"rendered":"<p>Al hablar de materialidad es importante indicar que este no es un concepto de aplicabilidad exclusiva para auditores y revisores fiscales, por el contrario, los preparadores de la informaci\u00f3n financiera deben conocerlo y aplicarlo por derivarse de la \u201cimportancia relativa\u201d que se suscribe en los anexos 1 y 2 del Decreto \u00danico Reglamentario (DUR) 2420 de 2015. Este principio es de obligatorio cumplimiento a la hora de preparar, presentar y revelar informaci\u00f3n financiera.<\/p>\n<p>Las Normas Internacionales de Informaci\u00f3n Financiera (NIIF) definen que la informaci\u00f3n es material \u2014y por ello relevante\u2014 si su omisi\u00f3n o presentaci\u00f3n err\u00f3nea puede influir en las decisiones econ\u00f3micas que los usuarios tomen a partir de los estados financieros. La materialidad o importancia relativa, depende de la magnitud y la naturaleza de la omisi\u00f3n o inexactitud, juzgada en funci\u00f3n de las circunstancias particulares en las que se haya producido.<\/p>\n<p>Visto de otra forma, el principio de importancia relativa permite excluir de la informaci\u00f3n financiera determinados montos de transacciones y revelaciones que se divulgan a los usuarios, por ser considerados no materiales o no significativos, tanto en forma individual como en su conjunto.<\/p>\n<p>Las NIIF y su marco conceptual explican que no es posible definir un umbral de materialidad cuantitativo \u00fanico, por lo que esta tarea queda a criterio o juicio profesional de los responsables de la informaci\u00f3n financiera de la organizaci\u00f3n. Estos juicios deben estar basados en la naturaleza y magnitud de las transacciones que integran la informaci\u00f3n financiera de cada entidad, por lo que es imprescindible que la administraci\u00f3n establezca su propia \u201cmaterialidad\u201d.<\/p>\n<p>La materialidad es m\u00e1s que una cifra cuantitativa, ya que debe estar respaldada por un an\u00e1lisis cualitativo riguroso. Para los usuarios de la informaci\u00f3n es importante que se justifique objetivamente c\u00f3mo un error u omisi\u00f3n de informaci\u00f3n, inferior al valor definido como material, no afecta significativamente la informaci\u00f3n financiera y, por ende, no tiene incidencia en las decisiones econ\u00f3micas que se tomen basadas en ella.<\/p>\n<p>Los aspectos cualitativos para tener en cuenta a la hora de definir la materialidad sobre la informaci\u00f3n financiera pueden estar relacionados con variables internas de la entidad (tipo de empresa o sector de la econom\u00eda al que pertenece, entidad de inter\u00e9s p\u00fablico, entidad de naturaleza privada o p\u00fablica, entidad sin \u00e1nimo de lucro, etc.), su tama\u00f1o, el nivel y estabilidad de sus activos, el comportamiento de los ingresos y gastos, las utilidades obtenidas, entre otros. Adem\u00e1s, pueden estar relacionados con los errores contables de periodos anteriores que se hayan descubierto, robustez del software contable, conocimiento y experiencia de los profesionales del \u00e1rea contable y financiera, fortalezas y debilidades del sistema de control interno, niveles de control y segregaci\u00f3n de funciones, posible publicidad negativa de la compa\u00f1\u00eda, entre otros.<\/p>\n<p>De igual forma, al definir la materialidad se deben considerar factores externos claves como las variables macroecon\u00f3micas, el comportamiento de la econom\u00eda global y local, entre otros. Por ejemplo, los \u00edndices de inflaci\u00f3n e indicadores relacionados con la sostenibilidad; estos \u00faltimos cada d\u00eda tienen mayor incidencia en la informaci\u00f3n financiera y son valorados positivamente por una amplia gama de <em>stakeholders<\/em>, incluidos inversionistas y otros usuarios de la informaci\u00f3n. Al momento de establecer la materialidad, lo m\u00e1s importante es tener presente la incidencia que esta tendr\u00e1 en las decisiones que tomen los usuarios de la informaci\u00f3n financiera.<\/p>\n<p>Cuando las compa\u00f1\u00edas se enfrentan a la elaboraci\u00f3n de informaci\u00f3n financiera deben tener en cuenta que la materialidad va a afectar, al menos, los siguientes \u00edtems seg\u00fan las normas vigentes en el DUR 2420:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px;\"><strong>1. Presentaci\u00f3n de estados financieros.<\/strong> La Norma Internacional de Contabilidad 1 (NIC 1) establece que una entidad presentar\u00e1 por&nbsp;separado cada clase significativa&nbsp;de partidas similares,&nbsp;las partidas de naturaleza o funci\u00f3n distinta,&nbsp;<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px;\">cuando estas no tengan importancia relativa.&nbsp;Tambi\u00e9n precisa que cuando las partidas de ingreso o gasto sean materiales, la entidad revelar\u00e1 de forma separada la informaci\u00f3n sobre su naturaleza e importe.<\/p>\n<p><b>2. Definici\u00f3n de pol\u00edticas contables y su revelaci\u00f3n.<\/b> La Norma Internacional de Contabilidad 8 (NIC 8) establece que no es necesario desarrollar una pol\u00edtica para una transacci\u00f3n que no es material. En ese sentido, la NIC 1 exige revelar solo las pol\u00edticas contables m\u00e1s significativas sobre los rubros reconocidos en los estados financieros.<\/p>\n<p><b>3. Correcci\u00f3n de errores de periodos anteriores.<\/b> La NIC 8 establece que una entidad corregir\u00e1 los errores materiales de periodos anteriores, de forma retroactiva, en los primeros estados financieros formulados despu\u00e9s de haberlos descubierto. Lo anterior, conlleva a la reexpresi\u00f3n de estados financieros, tema sobre el cual existen gu\u00edas, conceptos y orientaciones emitidas por los entes de control.<br \/>\nVer: <a style=\"font-size: 14px;\" href=\"https:\/\/www.ctcp.gov.co\/publicaciones-ctcp\/orientaciones-tecnicas\/1472851475-1578\">Documento de Orientaci\u00f3n T\u00e9cnica 001<\/a> del Consejo T\u00e9cnico de la Contadur\u00eda P\u00fablica (CTCP).<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px;\"><strong>4. Hechos ocurridos despu\u00e9s del periodo sobre el que se informa.<\/strong> La Norma Internacional de Contabilidad 10 (NIC 10) establece que todo hecho posterior que sea material, aunque no implique ajuste, debe ser revelado porque dicha informaci\u00f3n puede influir en las decisiones que toman los usuarios.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px;\"><strong>5. Estados <\/strong><strong>financieros intermedios.<\/strong> La Norma Internacional de Contabilidad 34 (NIC 34) establece que la importancia relativa debe ser evaluada con relaci\u00f3n a los datos financieros del periodo intermedio en cuesti\u00f3n, teniendo en cuenta que las mediciones intermedias pueden estar basadas en estimaciones en mayor medida que las mediciones correspondientes a los datos del periodo anual.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px;\"><strong style=\"font-size: 14px;\">6. Revisi\u00f3n anual del deterioro de activos.<\/strong> La Norma Internacional de Contabilidad 36 (NIC 36) indica que es pertinente tener en cuenta el concepto de materialidad o importancia relativa al identificar si es necesario estimar el importe recuperable de un activo.<\/p>\n<p>Pese a que el concepto de materialidad reclama la atenci\u00f3n tanto de preparadores como de aseguradores, los auditores y revisores fiscales son los que mejor lo manejan, tanto as\u00ed, que han creado modelos de referencia. Algunos de los modelos para definir umbrales de materialidad indican que es necesario definir un \u201cbenchmark\u201d o el mejor criterio de comparaci\u00f3n que se ajuste a la naturaleza de cada entidad; por ejemplo, el total de activos, ingresos o gastos y la utilidad antes de impuestos. Luego se debe definir un porcentaje de medida razonable que por lo general se establece dentro de unos rangos que oscilan entre el 0,5 % y 1 % de los ingresos o entre el 3 % y el 5 % de la utilidad antes de impuestos.<\/p>\n<p>Teniendo en cuenta las consideraciones abordadas en este texto, es sumamente necesario que los contadores y la gerencia a cargo de los temas financieros de las entidades, entiendan a profundidad el principio de importancia relativa y el concepto de \u201cmaterialidad\u201d y que, con base en las normas contables vigentes, definan para sus empresas el mejor \u201cbenchmark\u201d y el porcentaje de medida razonable que les permita calcular un valor objetivo de materialidad.<\/p>\n<p>Finalmente, recordemos que la materialidad debe incluirse en la pol\u00edtica contable de cada organizaci\u00f3n y en los manuales en los que tenga lugar una vez cuente con la debida aprobaci\u00f3n del m\u00e1ximo \u00f3rgano de gobierno, o de quien este designe. Adem\u00e1s, por ser una estimaci\u00f3n, amerita que la administraci\u00f3n adem\u00e1s de autorizarla, la revise y actualice al menos una vez al a\u00f1o ya que las variables cuantitativas y cualitativas que la determinan se comportan de forma din\u00e1mica o diferente en cada periodo contable.<\/p>\n<p style=\"text-align: right;\"><strong>Redacci\u00f3n INCP<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Al hablar de materialidad es importante indicar que este no es un concepto de aplicabilidad exclusiva para auditores y revisores fiscales, por el contrario, los preparadores de la informaci\u00f3n financiera deben conocerlo y aplicarlo por derivarse de la \u201cimportancia relativa\u201d que se suscribe en los anexos 1 y 2 del Decreto \u00danico Reglamentario (DUR) 2420&hellip; <br \/> <a class=\"read-more\" href=\"https:\/\/incp.org.co\/revista-el-contador-publico\/tendencias\/noticias\/2022\/06\/importancia-de-la-materialidad-para-los-preparadores-de-informacion-financiera\/\">Leer m\u00e1s<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":2853,"featured_media":2471,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[105,99],"tags":[],"class_list":["post-2413","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-actualidad","category-tendencias"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/incp.org.co\/revista-el-contador-publico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2413","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/incp.org.co\/revista-el-contador-publico\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/incp.org.co\/revista-el-contador-publico\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/incp.org.co\/revista-el-contador-publico\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2853"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/incp.org.co\/revista-el-contador-publico\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2413"}],"version-history":[{"count":4,"href":"https:\/\/incp.org.co\/revista-el-contador-publico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2413\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":2472,"href":"https:\/\/incp.org.co\/revista-el-contador-publico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2413\/revisions\/2472"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/incp.org.co\/revista-el-contador-publico\/wp-json\/wp\/v2\/media\/2471"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/incp.org.co\/revista-el-contador-publico\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2413"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/incp.org.co\/revista-el-contador-publico\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2413"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/incp.org.co\/revista-el-contador-publico\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2413"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}