
La Secretaría de Hacienda Distrital (SHD) publicó, para comentarios, el proyecto de Resolución: “Por la cual se establecen las personas naturales, jurídicas y/o sociedades de hecho y el contenido y las características de la información que deben suministrar a la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá -DIB-, en relación con los sujetos pasivos de los impuestos predial unificado y sobre vehículos automotores”.
A través de este proyecto, la Secretaría de Hacienda Distrital especifica las entidades, la información que cada una debe suministrar y las condiciones en que debe hacerlo. Este requerimiento se realiza “con el fin de efectuar los estudios y cruces necesarios para el debido control de los tributos distritales”.
¿Quiénes deben presentar esta información?
- Secretaria Distrital de Planeación.
- Ministerio del Interior.
- INDIGER.
- Secretaría Distrital de Ambiente.
- Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público.
- Iglesias diferentes a la católica, reconocidas con sedes en Bogotá.
- Cruz Roja Colombiana.
- Defensa Civil Colombiana.
- Consejo Superior de la Judicatura.
- Fiscalía General de la Nación.
- Instituto Nacional de Medicina legal y Ciencias Forenses.
- Secretaría Distrital de Salud.
- Secretaría Distrital de Integración Social.
- Ministerio de Relaciones Exteriores.
- IDEPAC-Instituto de la Participación y Acción Comunal.
- Policía Nacional.
- DIAN y Autoridades Públicas.
- Financieras.
- Fuerzas Militares.
- IDU.
- Caja de la Vivienda Popular.
- IDRD.
- Departamento Administrativo de la Aeronáutica Civil.
- Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas.
- La Comisión de Búsqueda de personas desaparecidas Ministerio de Defensa.
- Empresa de Renovación urbana.
- Secretaria Distrital de Planeación.
Envíe sus comentarios hasta el 5 de octubre de 2018, a través de los correos electrónicos: sguzman@shd.gov.co y rcastiblanco@shd.gov.co.
Ver: Proyecto de Resolución SHD
Redacción INCP