
La Junta Central de Contadores (JCC) y la Contaduría General de la Nación (CGN), expidieron la Circular Conjunta No. 1 del 26 de julio de 2018 «Aspectos que deben tener en cuenta las entidades y organismos del estado; entidades privadas en ejercicio de funciones públicas para la contratación de profesionales de la ciencia contable como contadores y organizaciones que presten servicios propios de la ciencia contable».
Esta circular, básicamente, instruye a los representantes legales de entidades públicas, sobre los aspectos a observar y tener en cuenta al momento de contratar contadores públicos y/o entidades que presten servicios propios de la ciencia contable o que impliquen actividades técnico – contables.
El documento en mención, contempla las siguientes formas de validar la inscripción o registro profesional de los contadores y firmas contables:
- Solicitar la tarjeta profesional para el caso de los contadores públicos (personas naturales) y el registro profesional para el caso de las firmas contables (personas jurídicas).
- Solicitar el certificado de vigencia y antecedentes disciplinarios.
- Comprobar –a través de la página web de la JCC- la veracidad del certificado mencionado anteriormente.
La Circular Conjunta No. 1, también precisa que la constancia de trámite, NO acredita a un contador público o a una firma contable.
Ver: Circular Conjunta 000-0001 de 2018
Redacción INCP