Nuevo calendario para presentar la exógena del año gravable 2025 

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) expidió la Resolución No. 000188 del 30 de octubre de 2024*, con la cual modifica y adiciona parcialmente la Resolución No. 000162 del 31 de octubre de 2023**, en relación con los obligados a presentar información exógena tributaria y sus plazos de entrega. Entre los cambios más importantes se destacan: 

  1. Adición de los siguientes sujetos a la lista de obligados a reportar información exógena tributaria por el año gravable 2025 y siguientes: 
  1. Los socios o accionistas, comuneros, asociados, suscriptores y similares que no suministraron la información a la persona jurídica en el momento de la enajenación de acciones, cuotas o partes de interés o aportes que no cotizan en bolsa. 
  1. El Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación (MinCiencias) 
  1. El Ministerio de Cultura, las Artes y los Saberes (MinCultura) 
  1. La Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia 
  1. El Ministerio del Trabajo (MinTrabajo) 
  1. La Unidad de Planeación Minero – Energética (UPME) 
  1. La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) 
  1. Las Corporaciones Autónomas Regionales (CARs) 
  1. Las corporaciones para el desarrollo sostenible 
  1. Las autoridades ambientales de los grandes centros urbanos 
  1. Modificación de los plazos de presentación de la información, con el fin de armonizarlos con los plazos establecidos en el Decreto 1625 de 2016, así: 
Grandes contribuyentes 
Último dígito Hasta el 
Décimo séptimo día hábil del mes de abril 
Décimo octavo día hábil del mes de abril 
Primer día hábil del mes de mayo 
Segundo día hábil del mes de mayo 
Tercer día hábil del mes de mayo 
Cuarto día hábil del mes de mayo 
Quinto día hábil del mes de mayo 
Sexto día hábil del mes de mayo 
Sétimo día hábil del mes de mayo 
Octavo día hábil del mes de mayo 
Personas jurídicas y naturales 
Últimos dígitos Hasta el  
01 a 05 Noveno día hábil del mes de mayo  
06 a 10 Décimo día hábil del mes de mayo  
11 a 15 Décimo primer día hábil del mes de mayo  
16 a 20 Décimo segundo día hábil del mes de mayo  
21 a 25 Décimo tercer día hábil del mes de mayo  
26 a 30 Décimo cuarto día hábil del mes de mayo  
31 a 35 Décimo quinto día hábil del mes de mayo  
36 a 40 Décimo sexto día hábil del mes de mayo  
41 a 45 Décimo séptimo día hábil del mes de mayo  
46 a 50 Décimo octavo día hábil del mes de mayo  
51 a 55 Décimo noveno día hábil del mes de mayo  
56 a 60 Primer día hábil del mes de junio  
61 a 65 Segundo día hábil del mes de junio  
66 a 70 Tercer día hábil del mes de junio  
71 a 75 Cuarto día hábil del mes de junio  
76 a 80 Quinto día hábil del mes de junio  
81 a 85 Sexto día hábil del mes de junio  
86 a 90 Séptimo día hábil del mes de junio  
91 a 95 Octavo día hábil del mes de junio  
96 a 00 Noveno día hábil del mes de junio  

Cabe resaltar que los cambios en el calendario de vencimientos aplican para el año gravable 2025, es decir, para la información que se presenta en 2026. 

Para más información, consulte el documento adjunto. 

Ver: Resolución No. 000188 del 30 de octubre de 2024 – DIAN 

*Por la cual se modifica y adiciona parcialmente la Resolución 000162 del 31 de octubre de 2023. 

**Por la cual se establece el grupo de obligados a suministrar información tributaria a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, por el año gravable 2024 y siguientes, se señala el contenido, características técnicas para la presentación y se fijan los plazos para la entrega. 

Redacción INCP 

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