No es necesario, sino apenas conveniente, que la vigilancia de los contadores no auditores se realice por una entidad distinta de la que se encargue de los aseguradores de información
Hernando Bermúdez Gómez Tomado de CONTRAPARTIDA Número 6637 junio 06 de 2022 Publicación del Departamento de Ciencias Contables de la Pontificia Universidad Javeriana





