Aclara la Sala que lo anterior no significa que toda unidad administrativa especial dotada de personería jurídica deba tener necesariamente un consejo directivo.
Hernando Bermúdez Gómez Tomado de CONTRAPARTIDA Número 5810 mayo 3 de 2021 Publicación del Departamento de Ciencias Contables de la Pontificia Universidad Javeriana





