IAASB modificó sus normas para alinearlas con el nuevo marco ético sobre el uso de expertos externos
El 17 de enero de 2025, el Consejo de Normas Internacionales de Ética para Contadores (IESBA, por sus siglas en inglés) realizó modificaciones al Código Internacional de Ética para Contadores Profesionales (en adelante, el Código), para incorporar disposiciones específicas sobre el uso del trabajo de expertos externos en los encargos de aseguramiento.
Se estableció que, cuando un auditor utilice el trabajo de un experto externo, debe evaluar cuidadosamente la competencia, capacidades y objetividad de este. En concordancia, el Código ahora contiene prohibiciones expresas para cuando estas condiciones no se cumplan o cuando las amenazas a la objetividad no puedan eliminarse o reducirse a un nivel aceptable.
Dado que las nuevas disposiciones éticas impactan directamente en la forma en que los auditores utilizan el trabajo de expertos externos, el Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (IAASB, por sus siglas en inglés) decidió revisar y modificar sus normas para asegurar su coherencia con el Código.
Como resultado, en enero de 2026 el IAASB emitió una serie de enmiendas a sus normas de auditoría y aseguramiento. El cambio más relevante se realizó en la Norma Internacional de Auditoría 620 (NIA 620) – Utilización del trabajo de un experto del auditor, aunque las modificaciones también incluyeron ajustes en otras normas para asegurar la consistencia con los nuevos requerimientos éticos sobre el uso de expertos externos.
Normas del IAASB modificadas:
NIA 620 – Uso del trabajo de un experto del auditor
Incorporación del literal (f) al párrafo 8 – Consideraciones éticas sobre el uso de expertos externos
Las enmiendas a la NIA 620 introdujeron un cambio puntual en su párrafo 8, el cual establece los factores que el auditor debe considerar al determinar la naturaleza, oportunidad y extensión de los procedimientos cuando decide utilizar el trabajo de un experto.
Antes de la modificación emitida en enero de 2026, la norma orientaba al auditor a evaluar principalmente aspectos técnicos, tales como:
- La naturaleza del asunto que requiere el trabajo del experto.
- Los riesgos de incorrección material.
- La importancia del trabajo del experto dentro de la auditoría.
- La experiencia previa del auditor con el experto.
- El sistema de gestión de calidad de la firma de auditoría.
Con la enmienda, se incorporó el literal (f) al párrafo 8, introduciendo un nuevo elemento a considerar: evaluar si los requerimientos éticos aplicables contienen disposiciones específicas sobre el uso del trabajo de un experto […]
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Redacción INCP





