¿La parte pagada en efectivo en la venta de activos fijos puede tomarse como costo fiscal?
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), mediante el Concepto 1818 de 2025, precisó el alcance de la restricción prevista en el inciso 8 del artículo 90 del Estatuto Tributario (E.T.), relacionada con la determinación del costo fiscal en la venta de bienes inmuebles cuando su adquisición se realizó, total o parcialmente, por fuera del sistema financiero.

