
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MinHacienda) emitió un proyecto de decreto* que pretende reglamentar los artículos 70 y 73 del Estatuto Tributario (E.T.). Puntualmente, los contribuyentes podrán ajustar el costo de los activos fijos por el año gravable 2024 en un 10,97 %.
Asimismo, propone que para efectos de determinar la renta o ganancia ocasional, según sea el caso, proveniente de la enajenación durante el año gravable 2024 de bienes raíces y acciones o aportes que tengan el carácter de activos fijos, los contribuyentes que sean personas naturales podrán tomar como costo fiscal cualquiera de los siguientes valores:
- El valor que se obtenga de multiplicar el costo fiscal de los activos fijos enajenados que figure en la declaración de renta por el año gravable 1986 por: 52,55 si se trata de acciones o aportes, por 423,90 en el caso de bienes raíces urbanos, o por 418,58 en el caso de bienes raíces rurales.
- El valor que se obtenga de multiplicar el costo de adquisición del bien enajenado por la cifra de ajuste que figure frente al año de adquisición conforme a la siguiente tabla:



Usted puede enviar sus comentarios a este proyecto de decreto hasta el 31 de diciembre de 2024 dando clic aquí.
Para más información, consulte el documento adjunto.
Ver: Proyecto ajuste del costo fiscal – MinHacienda
Redacción INCP