Información exógena: DIAN aclaró cómo calcular los ingresos brutos y cuándo surge la obligación de reportar
Por medio del Concepto 3083 del 26 de febrero de 2026, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) recordó que, para efectos del reporte de información exógena, los ingresos brutos deben calcularse por su valor total antes de impuestos (incluyendo ingresos del exterior) y que las personas naturales solo están obligadas a reportar cuando cumplan de manera concurrente los topes de ingresos brutos y de rentas de capital y/o no laborales.

