MINCIT propone nuevas reglas para la reversión de pagos en el comercio electrónico

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MINCIT) publicó para comentarios un proyecto de decreto que propone modificar el Decreto 1074 de 2025* para garantizar el derecho de los consumidores a la reversión de pagos en compras realizadas por medios electrónicos. En este sentido, se actualizarían las reglas de trámite, plazos y responsabilidades de los actores involucrados, dando mayor claridad, eficiencia y protección a los consumidores en el entorno digital.
De acuerdo con el proyecto de decreto, una reversión de pago podrá solicitarse cuando:
- Se evidencie fraude en la operación.
- El consumidor no haya solicitado la operación.
- El producto adquirido no sea entregado.
- El bien recibido sea defectuoso.
- El bien o servicio no corresponda a lo solicitado.
También se establece que el consumidor deberá presentar la queja al proveedor dentro de los cinco días hábiles siguientes a la ocurrencia del hecho. Dicha queja deberá contener la siguiente información mínima:
- Manifestación expresa de las razones para solicitar la reversión.
- Causal que sustente la petición (señaladas anteriormente).
- Datos de la transacción.
- Valor de la transacción.
En caso de que la solicitud esté incompleta, el consumidor tendrá la oportunidad de subsanarla. El proveedor, por su parte, estará obligado a emitir constancia de recepción.
Además de presentar la queja al proveedor, el consumidor deberá notificar al emisor del instrumento de pago electrónico dentro del mismo plazo de cinco días hábiles, adjuntando la constancia de la queja y la información mínima exigida por el decreto.
El proyecto de decreto también señala que en los casos de no entrega del producto, bienes defectuosos o que no correspondan a lo solicitado, una vez presentada la queja y notificada al emisor, los participantes del proceso tendrán 15 días hábiles para ejecutar la reversión del pago. Cuando la causal sea fraude o una operación no solicitada, el trámite se realizará conforme a los procedimientos de gestión de fraude aplicables.
Por último, se propone que la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) expida, en un plazo no mayor a seis meses, una guía que oriente a consumidores, proveedores y entidades financieras sobre la correcta aplicación del derecho a la reversión de pagos.
Los interesados podrán enviar sus comentarios sobre este proyecto normativo hasta el 8 de octubre de 2025 al siguiente correo electrónico jgarzon@mincit.gov.co.
Para más información, consulte el proyecto de decreto del MINCIT a continuación.
Ver: Proyecto decreto que reglamenta la reversión de pagos – MINCIT
Redacción INCP
* Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.