¿Pueden dos hermanos ejercer como revisores fiscales principal y suplente?

¿Pueden dos hermanos ejercer como revisores fiscales principal y suplente?

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) publicó el Concepto No. 0400 de 2024, en el cual se pronunció sobre la posibilidad de que dos hermanos, ambos contadores públicos, ejerzan los roles de revisor fiscal principal y suplente para una misma entidad.

El CTCP recordó que, al suscribir un contrato para la prestación de servicios de revisoría fiscal, el contador público debe verificar la ausencia de inhabilidades que le impidan aceptar el encargo. Además, debe evaluar posibles amenazas, como las descritas en el Código de Ética para Profesionales de la Contabilidad. Si dichas amenazas existen, debe aplicar salvaguardas para reducirlas a un nivel aceptable; de no ser posible, deberá abstenerse de aceptar el contrato.

Asimismo, el CTCP destacó que el artículo 205 del Código de Comercio establece inhabilidades para ser revisor fiscal en el caso de estar ligado por matrimonio o parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, primero civil o segundo de afinidad, o ser consocio de los administradores, funcionarios directivos, cajero, auditor o contador de la misma sociedad. Sin embargo, esta disposición no aborda específicamente la posibilidad de que dos hermanos contadores ocupen los roles de revisor fiscal principal y suplente.

Finalmente, el CTCP enfatizó que es esencial evaluar si pudieran surgir amenazas que comprometan la independencia y objetividad del revisor fiscal, dado que su principal responsabilidad es garantizar informes imparciales dirigidos a los terceros que contratan sus servicios.

Para más información, consulte el documento adjunto.

Ver: Concepto No. 0400 de 2024 – CTCP

Redacción INCP


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