Consejo de Estado suspendió provisionalmente el decreto que convoca a consulta popular nacional

El Consejo de Estado, mediante auto de suspensión expedido el 18 de junio de 2025, decretó la suspensión provisional del Decreto 0639 de 2025*el cual convoca a una consulta popular nacional para el día 7 de agosto. Esto al constatar que el mencionado decreto fue expedido sin el concepto previo favorable del Senado de la República, requisito exigido por la Constitución Política de Colombia y las leyes estatutarias que regulan los mecanismos de participación ciudadana.
La medida cautelar responde a la solicitud presentada por varios congresistas, quienes alegaron la vulneración del artículo 104 de la Constitución y otras normativas. Según los demandantes, el presidente de la República expidió el decreto pese a que el Senado negó el concepto requerido para autorizar la consulta, con 49 votos en contra frente a 47 a favor.
El Consejo de Estado consideró que la expedición del decreto desconoce la separación de poderes y carece de sustento jurídico, ya que no se puede acudir a la excepción de inconstitucionalidad para ignorar un concepto negativo del Senado cuando no existe una contradicción manifiesta entre este y la Constitución.
Con esta decisión, se detienen las actividades institucionales y logísticas ordenadas en el decreto, entre ellas, la activación de campañas pedagógicas La medida regirá de manera inmediata y se mantendrá hasta que el Consejo de Estado la emita un pronunciamiento de fondo sobre su legalidad.
Para más detalles, consulte el documento a continuación.
Ver: Auto de suspensión de la Consulta popular
*“Por el cual se convoca a una consulta popular nacional”.
Redacción INCP