DIAN modificó los requisitos para la compra de mercancías en las fronteras de Colombia
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), por medio de la Resolución 000235 de 2025, modificó los requisitos para que residentes de municipios fronterizos de países vecinos puedan ingresar a Colombia, compren bienes y los retiren del país sin trámites aduaneros, bajo límites y condiciones específicas.
Se trata de una actualización que incrementa los topes permitidos y define un nuevo esquema de control. A partir del 6 de diciembre, los ciudadanos de países vecinos que vivan en zonas limítrofes podrán llevar mercancías desde Colombia siempre que su valor total no exceda las 100 Unidades de Valor Tributario (UVT), equivalentes a $ 4.979.900 en 2025, no transporten más de 10 unidades por producto y presenten a las autoridades fronterizas su documento de identidad junto con la factura original de compra.
El movimiento de mercancías deberá hacerse únicamente a través de los pasos habilitados por la DIAN, salvo en territorios en los que funciona un régimen aduanero especial: Leticia, Maicao, Uribia, Manaure, Tumaco, Guapi y la región de Urabá.
Con estos cambios, la administración tributaria busca facilitar el abastecimiento de bienes básicos para quienes viven en zonas de frontera y fortalecer la actividad comercial propia de los mencionados territorios, en línea con los esfuerzos del Gobierno Nacional por impulsar la integración regional.
Para más información, consulte el documento a continuación.
Ver: Resolución 000235 de 2025 – DIAN
Redacción INCP





