DIAN aclara el tratamiento tributario de las empresas spin-off

DIAN aclara el tratamiento tributario de las empresas spin-off

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) publicó el Concepto No. 1139 de 2024 en el cual absolvió la siguiente consulta textual: «¿Las empresas de base tecnológica (spin-off) pueden tener el mismo tratamiento tributario de las Instituciones de Educación Superior (IES)?».

En su respuesta, la administración tributaria señaló que las spin-off no pueden recibir el mismo tratamiento tributario que las IES, puesto que su naturaleza jurídica es distinta. Sin embargo, su régimen fiscal dependerá de la forma jurídica que adopten al momento de su constitución.

La administración tributaria destacó que, mientras las IES prestan el servicio público de educación y pueden acceder a beneficios tributarios específicos concebidos para el Régimen Tributario Especial, las spin-off son empresas creadas para comercializar el conocimiento generado en estas instituciones, por lo que se rigen por un marco impositivo diferente. También afirmó que las spin-off pueden asemejarse a sociedades nacionales conforme al artículo 12 del Estatuto Tributario (ET), lo que implica que estarán gravadas sobre sus ingresos y ganancias tanto de fuente nacional como extranjera.

Adicionalmente, el Decreto 1556 de 2023 establece que la estructura jurídica de estas empresas debe definirse en su etapa de planeación, considerando aspectos como la titularidad de la propiedad intelectual, el modelo de negocio y la viabilidad financiera. Por lo tanto, el tratamiento tributario de las spin-off dependerá de la forma societaria que adopten en su constitución.

Para más información, consulte el documento adjunto.

Ver: Concepto No. 1139 de 2024 – DIAN

Redacción INCP


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