DIAN aclara sanciones por incumplimientos en el sistema de facturación electrónica

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) publicó el Concepto No. 139 de 2025 en el que absolvió consultas sobre el régimen sancionatorio del sistema de facturación electrónica.
La administración tributaria aclaró que la sanción por expedir documentos del sistema de facturación sin cumplir los requisitos establecidos no se limita únicamente a su representación gráfica, pues es necesario un análisis integral de los hechos para determinar si estos encajan en la conducta sancionable de «expedir sin los requisitos establecidos» conforme al régimen aplicable.
Sobre la omisión de requisitos en la factura electrónica, la entidad precisó que el operador jurídico debe evaluar el tipo de requisito omitido. Si se trata de una indebida transmisión, aplicará la sanción dispuesta en el artículo 616-1 del Estatuto Tributario (ET). En caso contrario, será necesario determinar si hay una sanción específica o si corresponde aplicar la sanción subsidiaria del mismo artículo, dependiendo de la conducta identificada.
Para más información, consulte el documento adjunto.
Ver: Concepto No. 139 de 2025 – DIAN
Redacción INCP