DIAN permitiría autorretenedores con pérdidas fiscales justificadas

DIAN permitiría autorretenedores con pérdidas fiscales justificadas

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) publicó el 12 de marzo de 2025 un proyecto de resolución en el que propone modificar parcialmente la Resolución 5707 de 2019, la cual establece los requisitos para poder actuar como autorretenedor del impuesto sobre la renta.

Las modificaciones propuestas son las siguientes:

  • Autorretenedor con pérdidas fiscales: actualmente, el artículo 1 de la Resolución 5707 de 2019 establece que no serán autorizados los contribuyentes que presenten pérdidas fiscales en los tres años anteriores. Con la modificación propuesta, se permitiría que aquellos contribuyentes cuyos resultados negativos provengan de la aplicación de beneficios tributarios puedan ser autorizados, siempre que presenten una certificación del revisor fiscal o contador público detallando el beneficio aplicado, el monto y la norma que lo respalda.

  • Suspensión de la autorización por pérdidas fiscales: según el artículo 6 de la Resolución 5707 de 2019, la DIAN puede suspender la autorización si el agente retenedor presenta pérdidas fiscales. La propuesta establece que las pérdidas originadas en beneficios tributarios no serán causales de suspensión, siempre que el agente presente una certificación del revisor fiscal o contador público que justifique su origen y los beneficios aplicados.

Usted puede enviar sus comentarios a este proyecto de resolución hasta el 21 de marzo al correo electrónico subdir_recaudo@dian.gov.co.

Para más información, consulte el documento adjunto.

Ver: Proyecto de resolución autorización autorretenedores – DIAN

Redacción INCP


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