Nuevos beneficios tributarios para quienes financien el deporte

Nuevos beneficios tributarios para quienes financien el deporte

El pasado 17 de julio se emitió la Ley 2490 de 2025*, mediante la cual se crearon beneficios tributarios para las personas naturales y jurídicas que realicen inversiones en el fomento del deporte, la recreación y la actividad física, a través de convenios de responsabilidad social empresarial.

Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que suscriban convenios con fundaciones, clubes deportivos u otras organizaciones sociales reconocidas por el Sistema Nacional del Deporte, podrán recibir, a cambio, títulos negociables o certificaciones, en los términos previstos en el artículo 257-1 del Estatuto Tributario (E.T.). Dichos títulos representan un mecanismo de alivio fiscal para quienes participen en estas iniciativas.

Las inversiones podrán destinarse, entre otras, a las siguientes actividades:

  • Construcción, mejoramiento y adecuación de infraestructura deportiva.
  • Dotación de equipamiento e implementos para el deporte y la recreación.
  • Ejecución de programas deportivos y recreativos dirigidos a niños, adolescentes, personas mayores, personas con discapacidad, víctimas del conflicto armado y otras poblaciones vulnerables.

  • Apoyo a la formación académica y manutención de deportistas.
  • Desarrollo del turismo deportivo.
  • Financiación de transporte y manutención para menores vinculados a programas deportivos.
  • Capacitación y formación técnica para entrenadores y líderes deportivos, con enfoque diferencial.

Los títulos a los que se refiere esta ley solo serán emitidos a nombre contribuyente que realizó la inversión, una vez esta haya sido verificada mediante auditoría previa y aprobada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), en coordinación con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Ministerio del Deporte.

El uso indebido de estos títulos negociables, la simulación de convenios o el incumplimiento de los objetivos sociales establecidos en los proyectos financiados, dará lugar a la imposición de sanciones administrativas, pecuniarias y, en los casos que corresponda, penales, conforme a la normativa vigente.

Finalmente, el Ministerio del Deporte y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público tendrán plazo hasta el 17 de julio de 2026 para reglamentar los criterios de selección de las entidades habilitadas para celebrar los convenios, así como las reglas para la implementación gradual de los títulos negociables.

Para más detalles, consulte el documento adjunto a continuación.

Ver: Ley 2490 de 2025

*Por medio de la cual se promueve la responsabilidad social empresarial para el fomento del deporte, la recreación y la actividad física y se dictan otras disposiciones.

Redacción INCP