¿Contribuyentes del SIMPLE pueden pagar el aporte voluntario en su declaración anual consolidada?

Por medio del Concepto No. 8918 de 2025, la Dirección Nacional de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) precisó que los contribuyentes del Régimen Simple de Tributación (SIMPLE) no pueden realizar el aporte voluntario previsto en el artículo 244-1 del Estatuto Tributario (E.T.) al momento de presentar su declaración anual consolidada.
Según la administración tributaria, este aporte, destinado a programas de reducción de pobreza extrema y atención a personas en condición de discapacidad física, solo puede liquidarse al declarar y pagar el impuesto de renta y complementarios en los formularios 110 (declarantes no residentes), y 210(declarantes residentes).
En este sentido, dado que los contribuyentes del SIMPLE presentan su declaración anual consolidada a través del formulario 260, no pueden realizar el aporte voluntario, ya que este formulario no cuenta con una casilla habilitada para tal fin y la ley no contempla su inclusión en dicha declaración.
Para más detalles, consulte el concepto de la DIAN a continuación.
Ver: Concepto 8918 – DIAN
Redacción INCP