¿Contribuyentes del SIMPLE pueden pagar el aporte voluntario en su declaración anual consolidada?

¿Contribuyentes del SIMPLE pueden pagar el aporte voluntario en su declaración anual consolidada?

Por medio del Concepto No. 8918 de 2025, la Dirección Nacional de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) precisó que los contribuyentes del Régimen Simple de Tributación (SIMPLE) no pueden realizar el aporte voluntario previsto en el artículo 244-1 del Estatuto Tributario (E.T.) al momento de presentar su declaración anual consolidada.

Según la administración tributaria, este aporte, destinado a programas de reducción de pobreza extrema y atención a personas en condición de discapacidad física, solo puede liquidarse al declarar y pagar el impuesto de renta y complementarios en los formularios 110 (declarantes no residentes), y 210(declarantes residentes).

En este sentido, dado que los contribuyentes del SIMPLE presentan su declaración anual consolidada a través del formulario 260, no pueden realizar el aporte voluntario, ya que este formulario no cuenta con una casilla habilitada para tal fin y la ley no contempla su inclusión en dicha declaración.

Para más detalles, consulte el concepto de la DIAN a continuación.

Ver: Concepto 8918 – DIAN

Redacción INCP


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